Según surge del expediente, el 20 de agosto de 2025, mientras se encontraba en su domicilio laboral, el hombre recibió una llamada de una persona que dijo ser empleado de Andreani y que tenía un paquete para entregarle. Para completar el supuesto trámite, le pidió un código de verificación que recibiría en su teléfono.
El hombre recibió el código y lo leyó durante la llamada. Dos días después, al ingresar a su Home Banking para realizar un pago, descubrió que en su cuenta figuraban cuatro préstamos que no había solicitado: uno por $5.938.980, otro por $988.980, otro por $140.550 y un cuarto por $18.780.
Además, se habían realizado múltiples transferencias hacia una misma persona. De acuerdo con el informe incorporado al expediente, después de acreditarse el primer préstamo se efectuaron catorce transferencias, varias de ellas por $400.000. Luego se repitieron operaciones similares después de la acreditación de los restantes préstamos.
La postura del banco y la respuesta de la Justicia
El Banco de Formosa sostuvo que el cliente había actuado de manera “temeraria, imprudente e irresponsable” al brindar códigos de verificación y que el fraude había sido cometido por un tercero ajeno a la entidad. También afirmó que no existía una falla de seguridad atribuible al servicio bancario.
La jueza no compartió ese planteo y recordó que entre el banco y su cliente existe una relación de consumo y que, por ese motivo, resulta aplicable el sistema de protección establecido por la Ley 24.240. «Ante una relación de consumo —en el caso— la establecida entre un banco y uno de sus clientes», sostuvo la magistrada, la cuestión debe resolverse bajo el paradigma protectorio del consumidor.
Para Leliur, no alcanzaba con señalar que las operaciones habían sido validadas mediante códigos OTP. El banco, que estaba en mejores condiciones de aportar información, tampoco informó sobre la habitualidad de las transferencias realizadas hacia la cuenta receptora ni presentó elementos suficientes para determinar cuál era el perfil transaccional habitual del cliente.
Las señales de alerta no detectadas
La sentencia remarcó además que existían varias señales que debieron generar alertas. Entre ellas, la contratación de cuatro préstamos durante el mismo día y en un lapso de una hora y media, el monto del primer crédito, las catorce transferencias inmediatas realizadas después de su acreditación y la repetición de transferencias luego de los préstamos siguientes. También se tuvo en cuenta que la cuenta de destino no era una cuenta a la que el cliente transfiriera habitualmente dinero ni figuraba como agendada.
«Prácticamente toda estafa presupone un descuido de la víctima», recordó la jueza al citar un precedente, pero aclaró que ese descuido no alcanza para desligar al proveedor de sus propias obligaciones de seguridad.
En esa línea, la sentencia señaló que operaciones poco habituales realizadas en un período breve, como la solicitud de un préstamo seguida de transferencias de grandes sumas, «deberían generar alertas para el banco».
Falta de controles y fallo final
Para la magistrada, frente a esas señales, la entidad debía activar alguna medida de seguridad, como una comunicación o un pedido de confirmación por una vía diferente de la habitual. También consideró incumplidas las pautas establecidas por el Banco Central respecto del control de las operaciones y la identificación de movimientos que pudieran resultar sospechosos.
«Debe tomar medidas que permitan evitar la consumación de estafas electrónicas», afirmó Leliur, y mencionó entre ellas la posibilidad de extremar los controles algorítmicos o registrar direcciones IP habituales para detectar operaciones realizadas desde dispositivos no habituales.
Finalmente, la jueza tuvo por acreditado que se produjo un acceso no autorizado a la cuenta y que las operaciones se realizaron a través de la billetera virtual ONDA, vinculada al Banco de Formosa.
Fuente: Diario Judicial
Policiales / Regionales
Rosario: un joven aprehendido tras allanamientos en una causa por homicidio
Imagen ilustrativa - Operativos de la Policía de Investigaciones en la ciudad de Rosario.
La Policía de Investigaciones (PDI), dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, a través de la Brigada de la Unidad de Violencia Altamente Lesiva (UVAL) del Departamento Operativo de Investigaciones, llevó adelante dos allanamientos en Rosario, en el marco de una investigación por homicidio. Como resultado de las medidas, un joven de 19 años fue trasladado a sede policial y se secuestraron dispositivos electrónicos de interés para la causa.
La investigación se inició a raíz de un hecho ocurrido el pasado 27 de octubre, cuando personal policial fue comisionado a Juan B. Justo al 8500 por una persona herida de arma de fuego. Posteriormente, se confirmó el fallecimiento de la víctima, identificada como Diego Maximiliano Flores.
Las medidas y los procedimientos
A partir de las tareas investigativas, los efectivos realizaron distintas diligencias y constataciones domiciliarias que permitieron establecer dos viviendas de interés para la causa, ubicadas en Caroberá al 1200 bis y Olmos al 1200 bis. Con los resultados obtenidos, la fiscal María Laura Ricardo, de la Unidad Fiscal de Violencias Altamente Lesivas, dispuso las correspondientes órdenes de allanamiento.
Durante los procedimientos, que contaron con la colaboración de grupos tácticos de la Policía de Santa Fe, los agentes secuestraron seis teléfonos celulares y dos notebooks. En el inmueble de Olmos al 1200 bis, además, identificaron a Nahuel Alberto G. de 19 años, quien era requerido en la medida judicial. Tras la consulta con la Fiscalía, se dispuso su traslado a sede policial, mientras se avanzaba con la correspondiente orden de detención.
La investigación continúa bajo las directivas del Ministerio Público de la Acusación.
Fuente: Secretaría de Comunicación Santa Fe