VISTO:
La solicitud de eximición del pago de
impuetos formulada por la Asociación Cooperadora de la Escuela
de Educación Técnica Nº 680 Dr. MARIANO
MORENO, y
CONSIDERANDO:
Que consultada
la Dirección de Topografía y Catastro de la Municipalida, informa que los lotes
Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la manzana 36 sección 10a. fueron
adquiridos por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez por el F.A.E
y destinados a la E.E.T. 680 según decreto 425/79.
Que los lotes 8, 9 ,10, 11, 12, 13, 14 y 15
de la
misma manzana y sección fueron adquiridos por la Cooperadora de dicha
Escuela y donadas a la Provincia
de Santa
Fe, y aceptada la donación por el Gobernador mediante
decreto 2128/79.
Que en consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el art. 75º inc. 1º) de la ley provincial
8173 corresponde eximir a dichos inmuebles del pago de la Tasa General de Inmuebles a partir de la fecha de
compra.
Que por
disposición del art. 62 del Reglamento Interno
de este cuerpo corresponde
acordar la exención en forma de decreto.
Es por ello que
el CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ, en uso de sus atribuciones,
sanciona el siguiente:
DECRETO
Nº 028/85
ART.1º) Exímase a la
Escuela de Educación Técnica Nº 680 "Dr. MARIANO MORENO" del pago de la
Tasa General de Inmuebles, sobre los
lotes Nº 1 al 15 de la manzana 36 sección
10a.- a partir de la fecha de adquisición y afectación de dichos lotes a
la citada Escuela.
ART.2º) Comuníquese a la Secretaría pertinente, a fin de que se proceda
a emitir las
correspondientes constancias de excención para proceder a la escrituración
de dichos lotes a nombre de la Provincia de Santa Fe.
ART.º) Comuníquese, Regístrese, Archívese.
Dado en el recinto de sesiones del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, a los 10 días de octubre de mil novecientos ochenta y cinco.