Expte. 5198/14.
VISTO:
Ley orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art 39º inciso 34;
Ordenanza Nº 1.774/08 de reordenamiento de transito;
Decreto Nº 396/12 Se informe sobre las gestiones para la obra de paso a nivel y túnel en calle Entre Ríos.
El reclamo de los vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que el parque automotor en la ciudad ha crecido notablemente por lo cual necesario adaptar la infraestructura vial a las nuevas exigencias.
Que el territorio municipal se encuentra atravesado por las vías del ferrocarril y que a la actualidad. No cuenta con la cantidad de paso nivel necesario para garantizar la fluidez del tránsito.
Que el paso a nivel y túnel conecte la calle Entre Ríos y Soldado Aguirre seria de Vital importancia para favorecer la transitabilidad. Dándole un desahogo a calle Pasteur donde se encuentran en la misma los Bomberos Voluntarios, el hospital Anselmo Gamen y la Municipalidad.
Que en los horarios de mañana y de tarde colapsa por la gran cantidad de autos, la calle Pasteur siendo la única arteria de paso en la zona debido a la gran densidad de población
Que una apertura en la calle Entre Ríos sería de importancia porque esta arteria conectaría directamente con calle Soldado Aguirre.
Que donde también sería una salida hacia Rosario, Dando de esta forma mayores opciones de acceso.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 631/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se remite al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione ante el Nuevo Central Argentino la autorización para la apertura del paso a nivel y túnel en calle Entre Ríos y que permita su continuidad con salida a calle Soldado Aguirre.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que una vez concretada la gestión de la apertura del paso a nivel y túnel de la calle Entre Ríos, coloque las señalizaciones correspondientes en la zona.
ART. 3º) A los treinta (30) días emita el Departamento Ejecutivo Municipal un informe de la gestión realizada a este Concejo Deliberante.
ART. 4º) En el caso de haberse realizado estas gestiones, el Departamento Ejecutivo Municipal enviará en un plazo de diez (10) días hábiles un informe con la documentación correspondiente.
ART. 5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de junio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva