Expte. Nº 5.945/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La nota de la Sra. Mara Mónica Madrid, en el carácter de representante del Templo Religioso Africanista de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que por nota ingresada a este Cuerpo en fecha 21 de Septiembre del corriente año, la Sra. Mara Mónica Madrid en el carácter de representante, así lo expresa, del Templo Religioso Africanista de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, manifiesta que “ha contratado con la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, el alquiler del Predio Parque Regional para ser utilizado el día 24 de Septiembre de 2016”.
Que, según relata la representante de la referida nota “el alquiler fue pagado por adelantado por la suma de Pesos Un Mil Seiscientos Sesenta y Cinco ($1.665.-) y cuyo recibo fue suscripto por personal de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez” y cuya copia se adjunta en la aludida nota.
Que según sus dichos “en fecha 19 de Septiembre de 2016, un empleado municipal les manifestó que el Gobierno Municipal no iba a autorizar la realización del evento convenido”.
Que, asimismo, según expresa “ya habían realizado toda la organización del evento para 600 personas, con un costo de Pesos Cien Mil ($100.000.-), debido a la compra de comida, contratación de personal de servicio, limpieza, etc.”.
Que lo mencionado precedentemente, fue ratificado verbalmente, cuando se hicieron presentes en el Recinto de éste Concejo Deliberante, el jueves próximo pasado, al término de la Sesión Ordinaria correspondiente.
Que en este Concejo Deliberante no ha ingresado solicitud alguna de autorización para el uso del predio Parque Regional por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, para la realización del evento en cuestión, por lo cual es necesario, que se remita información sobre lo vertido en el presente Considerando, a los fines de explicar lo acontecido.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 908/2016
ART. 1°) Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal eleve a este Cuerpo, en el plazo de 10 días, a partir de la aprobación de este Decreto, un informe de lo acontecido en virtud del eventual cobro en concepto de alquiler del Predio Parque Regional, a la Sra. Mara Mónica Madrid en representación del Templo Religioso Africanista, para la realización de un evento, a realizarse el día 24 de Septiembre del corriente año y su posterior denegación del mismo.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de octubre de 2016.