Expte.Nº 4.354/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Art. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 ; y Art. 41º Incs. 24 y 26 ; Art. 44º .
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Pablo Iglesias en el sector comprendido entre las calles Av. General Juan D. Perón y Belgrano la calzada se encuentra en un estado deplorable por la existencia de baches.
Que la misma provoca innumerables inconvenientes para los vecinos que viven y circulan por el lugar como también para los vehículos.
Que esta zona es bastante transitada ya que en el sector existen centros médicos de salud, establecimientos escolares (Esc. Nº 124 y Jardín de Infantes Mundo Feliz) y centros comerciales.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidente en al vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1904/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar la reparación y mantenimiento de la calle Pablo Iglesias en el sector comprendido entre la Av. General Juan Domingo Perón y Belgrano.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de abril de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci