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Jueves, 10 Mayo 2012 03:00

Min. 1924/12 Gestionar personal médico para Centro de Salud de Barrio FONAVI

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Expte.Nº 4.386/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El reclamo de vecinos del Barrio FONAVI de Villa Gobernador Gálvez, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en el populoso Barrio FONAVI de nuestra Ciudad se ha inaugurado a mediados del año 2011 un nuevo y moderno edificio para el centro de Atención Primaria de Salud que se encuentra ubicado en las calles Mármol y Obligado, y que el mismo cuenta con todas las comodidades estructurales necesarias para brindar diferentes prestaciones de salud.

            Que en el mencionado barrio habitan numerosas familias, de las cuáles cuenta la mayoría con integrantes menores de edad.

            Que los vecinos del lugar están preocupados ante la escasez de profesionales médicos y enfermeros prestando servicios en dicho Centro de Salud, como así también, muestran preocupación  y disconformidad por el horario de atención al público, el cual se limita a prestar atención a los pacientes que concurran solo en el turno mañana, permaneciendo cerrado por la tarde.

Que los vecinos ven necesaria la incorporación al Centro de Salud de diversos especialistas médicos, cuyos cargos son indispensables para cubrir las necesidades en la prestación de servicios de salud del barrio.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe asegurar el adecuado acceso de los vecinos de la ciudad al goce de los servicios que brinda el sistema de salud pública, como así también ofrecer una eficiente y rápida respuesta a las necesidades de los mismos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1924/12

 

ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones necesarias para que éste incorpore mayor cantidad de personal médico al Centro de Atención Primaria de Salud del Barrio FO.NA.VI. de nuestra Ciudad, como así también gestionar la extensión del horario de atención al público al turno vespertino

ART. 2) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2.012. 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

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