Expte. Nº 4.425/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º, Incs. 14, 52, 62 ; Art. 41º, Inc. 26, 44 .
El reclamo de vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que en la calle Belgrano desde Julio A. Roca hasta Av. San Martín la calzada se encuentra totalmente destruida por la formación de baches de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos que transitan por ella.
Que en la zona se encuentran situadas escuelas, jardín de Infantes y comercios, por lo cual el tránsito es intenso.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1940/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar tareas de bacheo en calle Belgrano desde Julio A. Roca hasta Av. San Martín.
ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de junio de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci