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Sábado, 07 Julio 2012 02:30

Min. 1947/12 Reductores de velocidad en Laprida y Belgrano

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Expte.Nº 4.312/12.

VISTO:

La Ley 2756.

El reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de las calles Belgrano y Laprida se hace imprescindible la inmediata colocación de reductores de velocidad, que el flujo vehicular de las mismas es constante y que los automóviles y motocicletas circulan a gran velocidad, por lo que ya ha habido numerosos accidentes de transito en dicha intersección.

Que por calle Laprida circulan dos líneas de colectivos de la empresa Rosario Bus, que al tomar calle Belgrano, ingresan casi sin frenar, con las consecuencias que esto puede ocasionar.

Que por calle Belgrano hay gran intensidad de circulación vehicular durante todo el día, que también transita por la misma hasta tomar Av. San Martín la Línea 142 de colectivos de la Empresa Rosario Bus, que por lo que se hace imprescindible colocar reductores de velocidad en esa intersección a fin de aminorar la marcha de los vehículos.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal regular la circulación vehicular en las arterias de la Ciudad y tomar medidas preventivas para evitar futuros accidentes de transito.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1947/2012

 

ART.1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de reductores de velocidad en la intersección de las calles Laprida y Belgrano de nuestra Ciudad.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  5 de julio de 2012.

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
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