VISTO Y CONSIDERANDO:
Que es necesario una prórroga de la Tasa de Servicios de Inmuebles, por los que se han practicado por el personal y que muchos contribuyentes no han podido pagar.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 92/84
ART.1º) Prorrógase el pago de la tercera cuota trimestral de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, octubre 18 de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone