VISTO:
La nota de presentación de la Municipalidad acompañando estudio técnico par ala fijación de los nuevos valores a cobrar por la Cooperativa Integral Limitada de Villa Gobernador Gálvez por el servicio de energía eléctrica suministrados durante el mes de abril de 1.989, y
CONSIDERANDO:
Que analizando el mismo se aprecia, según manifestación de nuestro Asesor Contable que las cifras y consideraciones sobre el tema se ajustan a la realidad actual en materia de incrementos de los distintos ítem constitutivos del costo de explotación, incrementándose los valores de marzo /89 en un 27,53 %, con lo cuál se conforma el nuevo cuadro tarifario que es igual al que cobra la Empresa Provincial de la Energía en la Ciudad de Rosario.
No obstante y a los fines de trabajar con cifras más aproximadas a la realidad, ya que por falta de información simultánea a los hechos de parte de la Cooperativa Integral , el CPN Adolfo Menéndez, quién tiene a su cargo los estudios respectivos, se ve precisado trabajar en base a estimados y proyecciones, sugiriéndose que teniendo ya el Balance General de dicha entidad 31/12/88 debería abocarse a un estudio detenido del mismo que le permitirá lograr bases más precisas de las variables de costos.
Además se recomienda que realice una Auditoría de seguimiento, concurriendo asiduamente a la Administración para solicitar in situ los comprobantes que estime necesarios para efectuar su análisis y sacar conclusiones.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 518/89
ART.1º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a autorizar a
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 17 de mayo de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone