VISTO:
El convenio celebrado
entre
CONSIDERANDO:
Que
Además en dicho Dictamen se deja expresamente aclarado que no es
objeto de este convenio el tema de la concesión
del servicio.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 735/92
ART.1º)
Homológase el Acta Acuerdo celebrada
en fecha
29/11/90 entre
ART.2º)
Se deja
expresamente aclarado que no es
tema de este convenio
lo referido a la concesión del servicio
público de electricidad, el que nada incidirá en un futuro llamado
a Licitación por parte de
ART.3º) Se recomienda que las partes, al efectuar la cancelación de los distintos conceptos, procedan a emitir sus respectivos cheques; dando y recibiendo los recibos que correspondan.
ART:4º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Abril 02 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro Pro Secretaria: Victoria Beloni