VISTO:
El Expte. Nº 934/94,y
CONSIDERANDO:
Que es evidente la urgencia que existe en proveer
de ropa al personal municipal,
encontrándose en mora
Que se ha
suscripto un Acta Convenio con el Sindicato
de Trabajadores Municipales fijándose un plazo máximo para su entrega.
Que al haberse realizado el Llamado a
Licitación, con invitación a veintidós firmas, sólo se hizo presente
un único oferente, por lo que
correspondes anular el mismo, por no reunir los requisitos formales del mínimo
de tres oferentes por Art. 10 de
ORDENANZA
Nº1023/94
ART.1º) Anúlase el Llamado a Licitación Privada para la provisión de ropa al personal municipal establecido por el
Art. 10 de
ART.2ª) Declárase la urgencia para la adquisición de la provisión de ropa
para el personal municipal en virtud de la
facultad otorgada al Concejo por Art. 11 Segundo Párrafo de
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la
contratación Directa, para la adquisición de la
provisión de ropa para el personal
municipal, debiendo el contrato privado a realizarse, respetar todos y cada
una de las condiciones
estipuladas en las Bases del
Llamado a Licitación Privada
anulada por Art. 1ero. de la presente.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Noviembre 9, 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza