VISTO:
Los
Exptes. Nº 824/94 y 915/94. Convenio
de Ejecución PROMIN, y
CONSIDERANDO:
De imperiosa
necesidad la ejecución de este
Convenio el cuál implicará un
adelanto edilicio y tecnológico para la salud de nuestra ciudad.
Que debido a los desfasajes económicos sufridos por las
Municipalidades y Comunas de esta Pcia. a partir de la sanción del Pacto Fiscal
y que son de público conocimiento, es
necesario reducir y limitar los gastos innecesarios siendo
que en este caso el cargo de
coordinador debería ser ocupado por algunos de los funcionarios
de Salud
en forma Ad Honorem, a fin de evitar el incremento
de la partida
presupuestaria.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1020/94
ART.1º) Nómbrase un Coordinador Ad Honorem de las
Acciones a llevarse a cabo por el
programa PROMIN, en el ámbito de
ART.2º) Apruébase el Convenio de Ejecución firmado entre
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de Noviembre de 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza