VISTO:
El expte. Nº 816/94.
CONSIDERANDO:
Los problemas que últimamente están sufriendo
los transportistas de líquidos residuales, en la boca de descarga de
la ciudad de Rosario, no sólo por
los inconvenientes
planteados por
Que los
transportistas están inscriptos en el registro
de la ciudad de Villa Gobernador
Gálvez, por lo que aportan los impuestos
correspondientes a este Municipio.
Que la red cloacal del Barrio FO.NA.VI. ha
sido reparada recientemente, lo que permitiría en su descarga realizar algunas modificaciones.
Que
Que
fundamentalmente es un problema de nuestra
comunidad, no pudiendo
encontrarse una solución definitiva hasta
no tener nuestra propia red cloacal.
Por todo ello el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 989/94
ART.1º) Autorízase a
ART.2º) La boca de descarga
podrá ser utilizada exclusivamente por los camiones autorizados
y/o registrados en el Municipio de Villa Gobernador Gálvez.
ART.3º) Para el caso de excepciones por fuerza mayor, de localidades
vecinas, deberá tener
autorización expresa de
ART.4º) No podrá ser utilizado la boca de descarga, por vehículos
autorizados, los días Sábados desde las 17:00 horas hasta los
días Lunes a las 00:00 horas; como tampoco los
días feriados.
ART.5º)
ART.6º) Colóquese carteles
indicadores de letras grandes en el lugar con las reglamentaciones de esta
Ordenanza.
ART.7º) Deróguese toda Ordenanza hasta la fecha, que se
oponga a la presente.
ART.8º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Julio 07 de 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza