VISTO:
La calles Pasteur y Moreno en el
cruce de las vías del Ferrocarril Nuevo Central Argentino.
La circulación de vehículos por la continuación
de calle Laprida.
El
giro a la izquierda que es costumbre de los
automovilistas que circulan por calle San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que es factible el ordenamiento del tránsito
vehicular sin perjuicios de pérdida
de tiempo y distancias para
el conductor.
Que el cruce de vehículos de un lado a otro sin el
correspondiente ordenamiento, significa traer en el lugar
en cuestión un accidente en potencia por día.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1088/95
ART.1º) Colóquese sendos carteles
indicadores en la vereda Noroeste de calle Moreno y vereda Sureste de
calle Pasteur, las que señalen: CRUCE
PELIGROSO - CEDA EL PASO.
ART.2º) Prohíbase el giro a
la izquierda para el sentido
de circulación Noroeste Sureste de calle Pasteur en la intersección de calle Moreno;
colocándose los indicadores correspondientes.
ART.3º) Dése como único sentido de circulación a la calle Colectora de Plaza A
ART.4º) El Departamento Ejecutivo
Municipal deberá realizar las
señalizaciones dispuestas por los arts.1º y 2º de acuerdo al
croquis que se adjunta como parte integrativa de esta ordenanza.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 29, 1995.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza