Expte. Nº1232/96.
VISTO:
Nota
de fecha 22/08/96, remitida por
Secretaría de Gobierno, Educación
y Cultura al Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que
por Ordenanza Nº 1041/94, se otorga a
Que en el mes de Marzo de 1995 se suscribió
el correspondiente contrato de concesión
entre
Que en la cláusula Cuarta de dicho contrato
se estipula de común acuerdo entre las
partes que "La realización de las
tareas y/o mejoras descriptas en
la cláusula segunda como
contraprestación como así
también la colocación de los elementos mencionados y su mantenimiento
serán llevados a cabo exclusivamente por la
empresa concesionaria... a partir de los 90 días hábiles de la firma de este
contrato...".
Que
la cláusula Sexta del referido contrato de concesión expresamente estipula: "En
caso de incumplimiento por parte de
Que
de acuerdo a lo informado por el Departamento Ejecutivo Municipal
a este Concejo
por nota del 22/08/96,
Por
todo ello el Concejo Deliberante
en uso
de sus atribuciones sanciona la
siguiente:
ORDENANZA
Nº 1196/96
ART.1º) Derógase
ART.2º) Autorízase al Departamento
Ejecutivo Municipal a rescindir de pleno derecho el Contrato de
Concesión de uso de
espacios de publicidad en el
Dominio Público Municipal, suscripto
oportunamente con
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá comunicar a
ART.4º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Agosto 29, 1996.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza