Expte. Nº 1185/96.
VISTO:
El Expte. Nº 1185/95, y
CONSIDERANDO:
Que atento haber ingresado el Programa
Materno Infantil y Nutricional (PROMIN), en la tercera etapa de las obras de
infraestructura, y habiendo sido
aprobado por
Que teniendo en cuenta la urgencia en la
concresión de la operación inmobiliaria, para no quedar fuera del Programa
PROMIN, este Concejo Deliberante en uso
de la
facultad que le otorga el Art.11 de
Que el inmueble propuesto se halla a 200
mts. del actual Dispensario 17 de
Octubre, y no se afectaría la atención
médica de sus concurrentes.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la
siguiente:
ORDENANZA Nº1164/96
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal en virtud de las facultades que otorga a este Concejo el
Art.11 de
ART.2ª) El inmueble descripto en el Art.1º, una vez
adquirido por el Municipio, deberá ser
afectado pura y exclusivamente como dispensario
al Plan PROMIN; durante el tiempo
de duración del mismo.
ART.3º) Autorízase
el gasto de $6.000.- (Pesos Seis
mil), para la compra del inmueble de
referencia, pagaderos en 3 //
( tres )
cuotas iguales y consecutivas,
imputándose el mismo a la partida
presupuestaria correspondiente.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístres.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de Marzo de 1996.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza