VISTO:
El Expte. Nº 1310/97, nuevo recorrido para
CONSIDERANDO:
Que
de acuerdo a lo estipulado por el Art. 39º, Incisos 38 y 39 de la citada Ley, es
atribución del Concejo Deliberante
" Reglamentar la vialidad dentro
del Municipio fijando normas para
el tránsito de vehículos
motor ". "Autorizar el
funcionamiento de ómnibus y colectivos...".
Que
el recorrido propuesto para
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la
siguiente:
ORDENANZA Nº 1241/97
ART.1º) Autorízase a las Empresas de Transporte
Urbano de Pasajeros América Transporte S.R.L. y 9 de Julio S.R.L. para que
a partir
de la fecha de promulgación de
la presente, modifique el
recorrido de su Línea 35/9 Cartel Rojo de
la siguiente manera:
IDA:
Avda. San Martín, Eva Perón, Garay,
Cte. Espora, 17 de Octubre, Santiago del
Estero, Juan D. Perón al Swift.
VUELTA: Swift, Juan D. Perón, Santiago del Estero,
17 de Octubre, Cte. Espora, Belgrano,
San Martín a Rosario.
ART.2º) Comuníquese a las Empresas de lo dispuesto
en la presente Ordenanza.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Mayo 15, 1997.
Presidente: Carlos Croci Pro Secretaria: Victoria Beloni