Expte.
Nº 1.623/98.
VISTO:
El Expte. Nº 1.623/98.
CONSIDERANDO:
Que actualmente existe el Derecho de Solicitud de
Licencia de Conducir definitiva o renovación, pero no se ha contemplado el
caso de la pérdida o extravío del
Carnet de Conducir.
Que los
costos de la confección del nuevo carnet
deberán ser retribuidos al Municipio por quién lo solicita, siendo
que de
otra manera los soportaría
Que según el Departamento Ejecutivo Municipal el
costo de la tramitación del mencionado
documento asciende a $ 25.- (Pesos
Veinticinco).
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1366/98
ART.1º) Establécese en $
25.- (Pesos Veinticinco) el Derecho de
Solicitud nuevo Carnet de Conducir por extravío.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de
Diciembre de 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale