VISTO:
El Expediente Nº
1.451/98.
CONSIDERANDO:
Que atento a que el
Superior Gobierno de
Por todo ello el Concejo
Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1306/98
ART.1º) Prorróguese por el lapso de 48 (cuarenta y ocho) meses a
partir de la fecha de vencimiento del
plazo otorgado por el Art. 2º de
ART.2º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20
de Abril de 1.998.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale