Elacuerdorealizadoentre laMunicipalidaddeVilla Gobernador Gálvez y la Dirección Provincial
de Vialidad en elmarco del Programa de
Descentralización Vialencarado poresteorganismopara recibirencomodatodiversos elementos de
maquinarias viales, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario simplificar la ejecución
delconvenio, para lo cuál es
conveniente otorgar facultades a esta Municipalidadpara realizar todos los actos para sucumplimiento.
Quea los
fines de garantizar el cumplimiento delconvenio, correspondería facultar a la Dirección Provincialde Vialidada afectar los fondos de Coparticipaciónquele correspondan a esta
Municipalidad.
Queevaluando los servicios que realizarán loselementos en los equipos son beneficios para
la zona.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº1404/99
ART.1º) Apruébese la formalización de un Convenio entre laMunicipalidadylaDirección ProvincialdeVialidadpara recibirencomodato elementos de maquinariasvialesen desuso para ser
destinados a equipos que realizarán trabajos en el ámbito de su jurisdicción.
ART.2º) Facúltaseal
Departamento Ejecutivo Municipal parasuscribirel Convenio que forma
parte integrante de lapresente
Ordenanza, como así también para realizar todoslos actos necesarios para el cumplimiento del compromiso.
ART.3º) Apruébase toda inversión que deba efectuar la Municipalidad y que
fuera necesaria para el cumplimiento delconvenioreferenciadoenel
Art. 2º en el marcodesuLey
orgánica.
ART.4º) Autorízase a la Dirección Provincial
de Vialidad aafectar los fondos de
Coparticipación que le correspondan a la Municipalidada fin de resarcirse de los perjuiciosque ocasionare el incumplimiento del
Convenio a suscribir.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese
Dado
en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de Septiembre de 1.999.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
M.O.S.P. Y V.
DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD
SANTA FE.
Entrela
Dirección Provincial de Vialidad, enteautárquico porimperio de la Ley 4.908 y su modificatoria Nº 6.336,representadaenesteacto por el Administrador delamismaSeñor ClaudioTibaldo,fijando domicilio legal en el 10mo.Pisodel Palacio Municipal, sito
en calle Salta 2951 de la
Ciudad de Santa Fe que en adelante se denominará VIALIDAD por
una parte y porla otra la MUNICIPALIDAD DE
VILLA GOBERNADOR GALVEZ, representada en este acto por su Intendente Señor
PEDRO GONZALEZ, fijando domicilioalos efectos legales en la Secretaría deAcciónComunal, sito en calle 3 de Febrero 2649 de la Ciudadde Santa Fe, el que en adelante se denominará
LA MUNICIPALIDAD,
acuerdan celebrarel presenteconvenio, el que se integra y rige porlassiguientes
cláusulas.-------------------------------------------------------
PRIMERA: VIALIDAD entrega en comodato a la MUNICIPALIDADelementosde maquinarias viales en desuso y dadas de bajadepositados enelCampamentoEL REMANSO que
consisten en: a)volcaderay especificadorcompletodemotoniveladoraCaterpillarserie 63U4164; b) volcadera de motoniveladora Artasar; c) parte frontal
topador 007; los que se aceptan de conformidad declarando conocer el estado en
que se encuentran.----------------------------------
SEGUNDA:LA MUNICIPALIDAD, asume
a su exclusivo cargoelgasto quedemandecualquier reparación que
se efectúealosbienes cedidos,losqueserán empleados enlamotoniveladoraDRMCO propiedadde la Municipalidad la que
reparada se utilizarápara elordenamiento de residuos domiciliarios en el
basuralMunicipal.-------------------------------------------------------------
TERCERA: LA
MUNICIPALIDAD asume la responsabilidad civil ypenal por los dañosy perjuicios que pudiera ocasionar a VIALIDAD
ya terceros con motivo de la
utilización de los repuestos cedidos en los trabajos de reparación de la
motoniveladora y en el de destino de la misma, como así también asume exclusiva,ente
laresponsabilidadlaboral por el personal que emplee en la
ejecuciónde los
mismos.------------------------------------------------------
CUARTA:LA MUNICIPALIDAD se
obliga a contratar un segurocontra
terceros,robos,daños parciales ytotales,debiendoremitir fotocopia de la
póliza correspondiente a la DirecciónProvincial
de Vialidad.-----------------------------------------------------
QUINTA:LA MUNICIPALIDAD se
compromete denunciaranteVIALIDAD cualquier accidente a terceros
producido con motivo o enocasión delosbienes cedidos, debiendoacompañarlacorrespondiente denunciapolicialen un plazo no mayor de 72 (setentaydos) horas de acaecido el
mismo.--------------------------------------
SEXTA:VIALIDAD en caso de ser
necesario. se reserva elderecho derequerira la
MUNICIPALIDAD la devolución inmediatadelos
elementosen el estado en que se
encuentran,comunicandodicha decisión con una antelación de 30
(treinta) días.----------------
SEPTIMA: L duración del comodato será por el término de 5 (cinco) años, a
partir de la entrega de los elementos motivo delpresente; finalizado dicho plazo, la MUNICIPALIDAD deberá
reintegrara VIALIDAD todos los
elementos en el estado en que se encuentren.--
OCTAVA: Las partes de común acuerdo pueden rescindir elpresente conveniocomunicandodicha decisión con unaantelaciónde30
(treinta) días.--------------------------------------------------
NOVENA: Para dirimir todas las cuestiones o controversias quese susciten con motivo de este Convenio, las
partes se sujetan ala Ley Nº 7893 de Conflictos
Interadministrativos de la
Provincia de Santa
Fe.--------------------------------------------------------
Enprueba de conformidad de las partes, se firman 3(tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto, a los...días del mes de...de Mil Novecientos Noventa y
Nueve.---------------------