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Jueves, 31 Enero 2008 00:09

Ord. 1394/99 Adhesión al régimen de renovación parque automotor

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Expte. Nº 1.684/99.

VISTO:

La Ley 2756, Art. 10º.

La Ley 24.449.

Los Decretos 35/99 y 397/99.

El  Régimen  de  Renovación  del  Parque  Automotor  "PLAN CANJE", y

 

CONSIDERANDO:

Que  el  Poder Ejecutivo Nacional impulsó  el  Régimen  de Renovación del Parque Automotor con sus alcances y  condiciones, que surge de la lectura de los Decretos Nº 35/99 y 397/99 que se establece para personas físicas y  jurídicas sin ningún tipo de limitación.

Que  por ser el Municipio una persona jurídica de  Derecho Público,  es perfectamente viable y legal que pueda  adherirse  y/o  adquirir  unidades por el  Sistema  del  "Plan Canje" previsto en los Decretos arriba mencionados debiendo  el Departamento Ejecutivo Municipal adoptar  la  forma que  corresponda  de acuerdo al Art. 10º  Ley  2756,  para ingresar  al Sistema Plan Canje y para la  adquisición  de los  vehículos  de marras debiéndose obviamente  tomar  en cuenta el monto de la o las operaciones de compra venta  a tal  fin debe hacer el Concejo Deliberante la salvedad  de que  para desprenderse de las unidades usadas el  Departamento  Ejecutivo Municipal queda eximido de  lo  dispuesto por el Art. 10º Ley 2756 en mérito a ser ello  indispensable para la adhesión del Sistema "Plan Canje" encontrándose  por  ende  esta permisión dentro  de  la  autorización general de adherir al mencionado sistema.

Que habiendo evaluado las condiciones establecidas por  el Decreto Nº 397/99 para la adquisición de unidades 0 km  es esta modalidad la que debe autorizarse por resultar la más conveniente  para  el Municipio, desde el punto  de  vista financiero   y  tomando en cuenta el uso a darse  por  los vehículos  y el desgaste que ello conlleva,  siendo  obvio que  la unidad 0 km garantiza un mayor período  de  tiempo para  la amortización del precio pagado para  adquirir  la unidad.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

  

 

ORDENANZA Nº 1.394/99

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a adherir al  Régimen de Renovación del Parque  Automotor  dispuesto por  Decretos  del  Poder Ejecutivo Nacional    35/99  y 397/99  con expresa imposición de adquirir unidades 0  km, por medio del sistema denominado "Plan Canje",  eximiéndoselo  del  Art. 10º Ley 2756 en lo que a  entrega  de  las unidades usadas se refiere.

 

ART.2º) Para la adquisición de los vehículos 0 km el Departamento Ejecutivo  Municipal deberá utilizar  los mecanismos  previstos  por el Art. 10º Ley 2756 y Ordenanza Nº  1.315/98, en  lo que se refiere a los montos de las  operaciones  de compra venta.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de Mayo de 1.999.

 

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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