VISTO:
El Expediente Nº 2.751/06 de este Concejo Deliberante.
El Decreto Provincial Nº 193/2.006, mediante el cuál se dispuesto constituir la Sociedad “Aguas Santafesinas Sociedad Anónima” –ASSA- en el marco de las previsiones de las Leyes Nacionales Nº 19.550 y 23.696 y modificatorias y la Resolución Nº 28/2.006 MOSP y V, de ofrecimiento de acciones, y
CONSIDERANDO:
Que la sociedad anónima con participación estatal mayoritaria tiene por objeto exclusivo la prestación del servicio de agua potable y desagües cloaca les en las localidades de: Cañada de Gomez, Casildad, Capitán Bermudez, Esperanza, Firmat, Funes, Gálvez, Granadero Baigorria, Rafaela, Reocnquista, Roario, Rufino, San Lorenzo, Santa Fe y Villa Gobernador Gálvez, todas de la Provincia de Santa Fe.
Que en consecuencia, este municipio queda comprendido dentro del área de prestación de la nueva sociedad.
Que el capital social inicial de ASSA será de $ 100.000.000 (Pesos Cien Millones), y estará a integrado por acciones que en un noventa por ciento (90%) pertenecerán a la Provincia de Santa Fe, dividida en acciones Clase A el 51 % y acciones Clase B el 39 % y en un diez por ciento (10%), correspondiente a acciones Clase C que otorgarán el Programa de Propiedad Participada que se constituya a favor de los trabajadores que actualmente integran la planta permanente de APSF S.A.
Que el Art. 6º del Decreto Nº 0193/2.006 dispone que las acciones Clase B propiedad de la Provincia, podrán transferirse a las municipalidades de las quince localidades que conforma la concesión del servicio sanitario.
Que mediante Resolución Nº 28/2.006 y conforme las facultades delegadas, el Ministerio de Obras, Servicios y Vivienda realizó un ofrecimiento inicial estableciendo la modalidad, la alícuota de participación y modos de integración.
Que este municipio puede adquirir la cantidad mínima de 50.000 acciones a un valor de $ 1 por acción, siendo el cierre del primer ofrecimiento el 15 de marzo del corriente año.
Que la compra de acciones permitirá participar con un integrante en el directorio, obtener utilidades y tener voz y voto en las asambleas de accionistas.
Que ello determina que esta Administración Municipal proceda a la adquisición de Cincuenta Mil Acciones (50.000)de la Sociedad Aguas Santafesinas S.A. (ASSA) por un valor de $ 50.000.- (Pesos Cincuenta Mil)
Que deben aprobarse las modificaciones presupuestarias que permitan la compra de acciones al Estado Provincial.
Que no se trata aquí de un endeudamiento ni de erogación que requiera mayoría especial sino de una inversión de fondos municipales y como toda inversión se relacione con un tema presupuestario, que contempla los recursos y gastos de un año, en la proyección y planificación de las inversiones que hará el municipio.
Que el presupuesto local contempla la Partida Inversiones Financieras, encontrándose prevista la inversión que nos ocupa en la Subpartida Nº 0.1.2/09.01.00.00 Aporte de Capital, por lo cuál al tratarse de una inversión de los fondos existentes en una partida presupuestaria y afectada a tal destino (Aporte de Capital a una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria) debe aprobarse por las mayorías que legalmente resultan necesarias para aprobar el presupuesto y/o modificaciones presupuestarias, siendo que la Ley Orgánica de Municipalidades no exige mayorías especiales para tal menester.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº1650/2006
ART. 1º: Dispónese la inversión como Aporte de Capital de Fondos Municipales, mediante la adquisición al Gobierno de la Provincia de Santa Fe de Cincuenta Mil Acciones Clase B, por un monto de $ 50.000 (Pesos Cicnuenta Mil) pertenecientes a Aguas Santafesinas S.A. (ASSA).
ART. 2º: Instrúyase al Sr. Intendente Municipal a suscribir las acciones que por el Art. 1º se dispone a adquirir.
ART. 3º: Impútese el cumplimiento de lo dispuesto ene l Art. 1º de la presente Ordenanza a la Partida Presupuestaria 0.1.2/09.01.00.00.
ART. 4º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de marzo de 2.006.
Presidente: Daniel Machado A/C Secretaria: Mario Correale