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Jueves, 06 Noviembre 2008 00:28

Ord. 1730/07 Delimitación Distritos FS1 I6 Código Urbano

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Expte. Nº 3.044/07.

VISTO:

            El Código Urbano Municipal de Villa Gobernador Gálvez, aprobado por Ordenanza Nº 1.144/95 , la Ley 2756, Art.39º, Inciso 7, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 6 de Noviembre de 2003 el Concejo Deliberante de esta Ciudad sanciona la Ordenanza Nº 1561/03 y posteriormente la Ordenanza Nº 1607/04 , mediante lo cual se determinan los nuevos límites del Distrito Industrial I6 y FS2.

Que existen gestiones concretas para ampliar la zona de uso industrial.

Que un emprendimiento de este tipo exige un mayo desarrollo del área, necesitando disponer de terrenos aptos para tal fin,

Que los predios linderos corresponden a un mismo propietario,

Consecuentemente con lo expresado en el párrafo anterior, la ampliación de las nuevas plantas demandarán inversiones importantes la que generará más puestos de trabajo, fundamentalmente de personas radicadas en Villa Gobernador Gálvez y las localidades vecinas.

Que es atribución del Concejo Deliberante establecer la división del Municipio como así también modificar los usos de acuerdo a lo estipulado por el Art. 39º, Inciso 7, Ley Nº 2756.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 1730/2007

 

Art.1º) Reemplácese los Distrito FS1 y I6 en el Artículo 4.1.5. (delimitación de límites, Capítulo IV del Código Urbano Municipal, por el siguiente texto:

DISTRITO FS1

LIMITES

NORTE: Esta determinado por el límite Sur de las fracciones 8/3, 8/4 y 8/6, Sección 4º, Polígono “A”, desde el límite Este de la fracción 8/2, Sección 4º, Polígono “A” hasta el pié de  barranca del Río Paraná.

ESTE: El pié de barrancas del Río Paraná desde el límite Sur de la fracción 8/6, Sección 4º, Polígono “A” hasta la calle John Kennedy, por esta desde el pié de barrancas del Río Paraná hasta la calle Bernardo Irigoyen. La calle B.Irigoyen desde la calle John Kennedy hasta la calle R. Obligado. La calle R.Obligado desde la calle B.Irigoyen hasta la prolongación de la calle S. Gaboto. La prolongación de la calle S. Gaboto desde la prolongación de la calle R. Obligado hasta la calle Artigas, calle Artigas desde calle Gaboto hasta la calle Matienzo, calle Matienzo desde calle Artigas hasta el límite Sur de la parcela Nº 57/10, Sección Nº 14, el límite Sur de parcela Nº 57/10 desde la calle Matienzo hasta la calle América y la calle América desde el límite Sur de la parcela 57/10 hasta la calle Río Paraná

 SUR: La calle Río Paraná desde la calle Ecuador hasta la calle Matienzo.

 OESTE: El límite Este de la fracción 8/2, Sección 4, Polígono “A” desde el límite Sur de la fracción 8/3, Sección 4, Polígono “A” hasta la Av. Leandro N. Alem. Desde el vértice sur-este de la fracción 8/2, Sección 4, Polígono “A” hasta la calle Ecuador y la calle Ecuador desde la Av. Leandro N. Alem hasta la calle Río Paraná.

 

DISTRITO I6

Incorporase al Distrito I6 las manzanas 36a y 36b delimitadas por los siguientes límites.

 

NORTE: El límite Sur de la parcela 57/10, Sección 14, Polígono “A” desde la calle Matienzo hasta la calle América.

 ESTE: La calle América desde el límite Sur de la Parcela 57/10, Sección 14, Polígono “A” hasta la calle Río Paraná.

 SUR: La calle Río Paraná desde calle Matienzo hasta calle América.

 OESTE: La calle Matienzo desde el límite Sur de la Parcela 57/10, Sección 14, Polígono “A” hasta la calle Río Paraná

 Art.2º) Deróguese en lo pertinente, toda otra disposición que se contraponga a la presente.

 Art.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  13 de septiembre de 2.007.

 

Presidente: Daniel Machado

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

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