CONSIDERANDO:
Que la prevención de accidentes viales debe ser una de las premisas fundamentales si se considera que en la República Argentina mueren 21 personas por día a causa de accidentes de tránsito constituyendo la primera causa de muerte en personas menores de 35 años.
Que las consecuencias económicas son significativas en las víctimas y en sus familias, como costos de asistencia médica, de rehabilitación, las discapacidades permanentes, la pérdida de ingresos familiares y traumas psicológicos, entre otros, que a menudo llevan a las familias a la pobreza.
Que este tipo de siniestralidad genera altísimos costos en el área de salud del sector público en desmedro de otras asignaciones preventivas y de promoción con un mayor impacto sobre la población.
Que debido a la cantidad y variedad de vehículos que transitan por esta ciudad: autos, camionetas, motos, ciclomotores, colectivos, camiones, carros tracción a sangre, se producen congestionamientos en horas picos, que se suman a los ocasionados en las puertas de la escuelas donde se estaciona en doble y hasta triple fila.
Que la falta de demarcación en las esquinas donde paran los colectivos urbanos permite el estacionamiento de vehículos particulares debiendo aquellos hacerlo en doble fila con los inconvenientes que esto ocasiona.
Que es fundamental la implementación del Sistema de Semaforización Onda Verde como política preventiva para disminuir los accidentes y ordenar el tránsito en las principales vías de circulación vehicular de la ciudad.
Que es imperioso lograr mayor celeridad y seguridad en el tránsito por calles San Martín desde las bajadas de Av. de circunvalación en el extremo norte de nuestra ciudad hasta los límites con la vecina ciudad de Alvear; implementando el sistema de Semaforización Onda Verde, normalizando el tránsito vehicular, asegurando y señalizando los cruces peatonales, y pintando de amarillo todas las esquinas donde tiene parada el transporte urbano de pasajeros.
Que para lograr el cumplimiento de estos objetivos es necesario disponer la presencia de inspectores en las zonas a los fines de garantizar el correcto cumplimiento de las normas de tránsito en las arterias mencionadas.
Que el sistema propuesto logrará mantener la velocidad crucero de los vehículos a no más de 40/55 km/h, siendo una alternativa de regulación de la velocidad de circulación urbana combatiendo de esta manera la principal causa de accidentes ya que existe una relación directa entre la velocidad y la gravedad de las lesiones.
Que los fines de semana y feriados entre semana se incrementa el flujo vehicular por Avenida San Martín a raíz del paso de vehículos que viajan de una ciudad a otra.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:.
ART. 1º) Créase el Sistema de Semaforización Onda Verde en las calles San Martín desde las bajadas de Av. de circunvalación en el extremo norte de nuestra ciudad hasta los límites con la ciudad de Alvear.
ART. 2º) Establézcase las velocidades correspondientes de acuerdo a un estudio que previamente deberá realizar el Departamento de Tránsito.
ART. 3º) Dispónese la señalización de los cruces peatonales en todas aquellas arterias donde se instalen o se encuentren instalados semáforos y en las paradas del transporte urbano de pasajeros ubicadas a lo largo de la mencionada Avenida.
ART. 4º) Impleméntese controles a través de inspectores de tránsito en las zonas mencionadas.
ART. 5º) Estúdiese la factibilidad de instrumentar conjuntamente con el Sistema de Semaforización Onda Verde la instalación de Semaforización Inteligente o en su defecto dejarlos preparados para su posterior reconversión.
ART. 6º) Prográmense los semáforos en la total extensión de Av. San Martín los días feriados entre semana al igual que funcionan los días domingos de manera intermitente.
ART. 7º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de mayo de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti A/C Secretaria: Mario Correale