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Martes, 31 Marzo 2009 04:15

Ord. 1826/09 Impuestos Municipales por traslados o inhumaciones

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Expte. Nº 3.452/09.

VISTO:

           La Ordenanza Tributaria Nº 1.608/04, y la Ordenanza 1671/2006 .

CONSIDERANDO:

        Que la Ordenanza Tributaria  fija los importes para los Derechos de Cementerio previstos en el Cap. III, Art. 110º de la Ordenanza N º 1.415/99 Código Tributario Municipal.

        Que manteniendo el criterio de la Ordenanza 1671/06 respecto a la saturación de las plazas disponibles en el Cementerio Municipal San Lorenzo, las que son ocupadas en un 70% por cadáveres provenientes de otras jurisdicciones, resulta conveniente se conserve en el mismo monto la introducción de cadáveres de otras jurisdicciones al cementerio municipal, diferenciando dicha tasa para las introducciones a otros cementerios que no sufren saturación.

         Que resulta necesario realizar un ordenamiento del Artículo 10º de la Ordenanza Tributaria en su inciso a), incorporando el tem Otros Derechos Cementerio.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1826/2009

 

ART º1 ) Deróguese el Artículo 1º) de la Ordenanza 1671/ 2006 en todos sus ítems.

ART. 2º) Modifíquese el Inc. a) del Art. 10º de la Ordenanza Tributaria Municipal Nº 1.608/04, quedando redactados de la siguiente manera:

ARTICULO 10: Fijanse los siguientes importes para los derechos previstos en el  Capitulo III, Artículo 110 de la  Ordenanza N º: 1.415/99 .-

Inciso a)   

 

 

 

 

 

1. Concesión de Derecho de Uso de terreno a perpetuidad por m²

 

    1.1 Con destino a panteones familiares y sociales

 

 

    1.1.1. Calle con frente parquizado

 

 

$ 445,00

     1.1.2. Calle con posibilidades de circulación de  vehículos

$ 380,00

     1.1.3. Senderos peatonales

 

 

 

$ 340,00


 

 

 

 

 

 

2. Permiso de inhumación en:

 

 

 

 

     2.1 Panteón familiar

 

 

 

$ 40,00

     2.2. Perpetuas

 

 

 

 

$ 30,00

     2.3. Nicho

 

 

 

 

$ 30,00

     2.4. Sepultura en tierra

 

 

 

$ 20,00

 

 

 

 

 

 

 

3. Permiso de exhumación

 

 

 

$ 10,00

 

 

 

 

 

 

 

4. Permiso de reducción

 

 

 

$ 15,00

 

 

 

 

 

 

 

5. Tasa por introducción de cadáveres de otras jurisdicciones

 

     complementa la inhumación cuando procede de otra jurisdicción

 

     5.1 Introducción de cadáveres de otras jurisdicciones al Cementerio Municipal

 

 

 

           San Lorenzo

 

 

$200,00

     5.2 Introducción de cadáveres de otras jurisdicciones a otros Cementerios

 

 

$120,00

 

 

 

 

 

 

 

6. Otros Derechos Cementerio         

 

 

     6.1. Por derecho Servicio fúnebre

 

      $ 20,00

     6.2  Por cada portacorona

 

      $ 15,00

     6.3. Colocación de cadáveres en depósito              

 

 

             6.3.1. Por los primeros treinta días (por día)

 

 

$  2,00

             6.3.2. Por más de treinta días ( por día)   

 

 

$  3,00


 

 

 

 

 

 

Fíjese un descuento del 50% sobre los valores de los permisos codificados como

2,, 3,, 4,, y 5, en caso de niños y restos.-

 

 

 



















ART. 3º:   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de marzo de 2.009.

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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