Expte. Nº 4.274/11.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 10.047 , su Decreto Reglamentario Nº 4.096/87, el Decreto Nº 0009/11 del Departamento Ejecutivo Municipal.
El Decreto Nº 347/11 del Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la emergencia sanitaria económica y financiera municipal declarada por Decreto Nº 0009/11 y Decreto del Concejo Deliberante Nº 347/11 , resulta necesario solicitar al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, un adelanto extraordinario de coparticipación, bajo la modalidad y previsiones establecidas por la Ley Nº 10.047 y su Decreto Reglamentario Nº 4.096/87
Que la suma necesaria, la que será destinada al pago de sueldos del personal municipal de Villa Gobernador Gálvez, se estima en PESOS UN MILLON ($1.000.000)
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2004/2011.
ART. 1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, un aporte financiero extraordinario en concepto de adelanto de coparticipación, por la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-) cuyo plazo de devolución y eventual plazo de gracia para ello, queda supeditado a la formulación del correspondiente convenio.
ART. 2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la firma del convenio con el Área del Gobierno Provincial correspondiente.
ART.3º) El ingreso que se refiere en el Art. 1º deberá ser imputado a la siguiente partida presupuestaria 0.3.2/02.01.04.00 (Préstamo Gobierno Provincial)
ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de diciembre de 2011.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci