Expte. 5.170/14.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756;
Código Penal Argentino Art. 277
La necesidad del estado de promover y brindar la seguridad ciudadana, y;
CONSIDERANDO:
Que en nuestra ciudad, una de las preocupaciones fundamentales de la sociedad y gobierno es el incremento de la delincuencia y la violencia urbana transformándose en un síntoma común de la vida cotidiana.-
Que el tema inseguridad se ha convertido en uno de los más grandes y graves problemas de la actualidad.-
Que las distintas manifestaciones de violencia constituyen un problema complejo y multicausal, involucrando a diversos actores sociales y la discusión de políticas de seguridad no solo compete a los gobiernos nacional y provincial, sino también al estado municipal.-
Que reviste gran importancia promover la desarticulación del mercado delictivo, basado en la oferta y demanda de productos robados cuyo principal demandante es la clase social en general, siendo la demanda la que alimenta la organización delictiva encubriendo el robo y comprando dicho elemento, fomentando la economía delictiva.-
Que es necesario resaltar que quien compra elementos robados posee en general el conocimiento exacto de como fue sustraído y de la procedencia de dicho objeto. Además de ser un delito y quien adquiere dicho objeto está involucrándose según el Art. 277 inciso 2 del Código Penal Argentino. A pesar de que siempre se crean nuevas estructuras de oportunidades y, a su vez depender de otras para su florecimiento.-
Que presentar iniciativas en materia de seguridad y administración de justicia, tendencias a prevenir, conservar y establecer el orden público, así como coordinar con los diferentes organismos municipales, departamentales y nacionales, todo lo relacionado con la materia, es una de las funciones que debe desarrollar la Secretaria de Gobierno Municipal.-
Que es fundamental concientizar a los habitantes de Villa Gobernador Gálvez sobre la actividad delictiva, para así lograr disminuir el mercado económico delictivo, el cual da origen a los conocidos actos violentos que son frecuentes en nuestra sociedad, fomentado en su gran mayoría por quienes consumen productos robados y su demanda da como resultado un mercado económico delictivo en constante movimiento.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.206/2014
ART. 1°) Créase la campaña "NO COMPRES ROBADO; SINO HAY QUIEN COMPRE, NO HAY QUIEN ROBE", que estará a cargo de la Secretaría de Gobierno, en coordinación con otros programas u organizaciones involucradas en la temática.-
ART. 2°) La finalidad de la Campaña establecida en el artículo 1ro, es abordar políticas sociales activas para concientizar a los ciudadanos/as sobre los diversos actos delictivos que se dan por la demanda de artículos robados. Tomando como eje el concepto de Economía Delictiva, entendiéndose por ésta a los procesos de oferta y demanda de bienes y servicios ilegales o de bienes y servicios legales obtenidos ilegalmente.-
ART. 3°) La campaña de referencia se implementará por medio de folletería, talleres culturales, jornadas de debates con la participación de formadores educativos, jóvenes, vecinos y vecinas como herramienta principal para dicha actividad.-
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de mayo de 2014
Presidente: Raúl Avelino Martínez
Secretaria: Roberto Leiva