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Viernes, 05 Octubre 2012 01:13

Decr. 407/12 Convenio de comodato con el Minist. de Educación funcionamiento Jardín de Infantes (Derogado)

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Expte. Nº  4.548/12.

VISTO:

La Ley Nº 2756,

El modelo de contrato de comodato a celebrar con el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe para el funcionamiento de un Jardín de Infantes, y

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva modelo de contrato de comodato a suscribir con el Ministerio de Educación del Superior Gobierno de la Provincia para el funcionamiento del Jardín de Infantes Nº 310.

Que en dicho contrato la Municipalidad cede al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe dependencias que forman parte del inmueble, sito en calle 20 de Junio Nº 119, para  el funcionamiento del Jardín de Infantes mencionado.

Que en el inmueble de referencia funciona el “Centro Integrador Comunitario (CIC) 20 de Junio”, el cual, por asamblea correspondiente a la mesa de gestión cuya acta obra en copia en el expediente de referencia, da su conformidad para el otorgamiento en comodato de una fracción del edificio para el funcionamiento de un Jardín de Infantes.

Que este Concejo Deliberante considera sumamente beneficioso para nuestra ciudad el funcionamiento de un establecimiento educativo en dicho inmueble.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

D E C R E TO Nº 407/2012

 

ART. 1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir contrato de comodato otorgando el uso gratuito de dependencias que forman parte del inmueble sito en calle 20 de Junio Nº 119 de Villa Gobernador Gálvez al Ministerio de Educación, representado por su titular Profesora Letizia Elder Mengarelli, para el funcionamiento del Jardín de Infantes Nº 310, cuyo modelo obra como Anexo I y es parte integrante de presente Decreto.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  4 de octubre de 2012.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

Nota: Derogado por Decreto 439/12

 

 

 

 

MODELO COMODATO JARDIN DE INFANTES Nº 310

 

 

 

Entre la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez representada en este acto por el Intendente Municipal Pedro Jorge González, D.N.I. Nº 6.138.364, el Secretario de Gobierno, Educación y Cultura Diego Hugo Garavano, D.N.I. Nº 26.970.027, EL COMODANTE, con domicilio legal en calle Mosconi 1541 de Villa Gobernador Gálvez, por una parte y el Ministerio de Educación, representado por su titular, Profesora Letizia Elder Mengarelli, en adelante LA COMODATARIA, con domicilio legal en Av. Pte. Arturo Illia Nº 1153 -5to. Piso- de la Ciudad de Santa Fe, acuerdan celebrar el presente Contrato de Comodato, sujeto a las siguientes cláusulas:--------------.

 

PRIMERA: EL COMODANTE cede a LA COMODATARIA el uso gratuito de dependencias que forman parte del inmueble de propiedad de EL COMODANTE sito en calle 20 de Junio Nº 119 de Villa Gdor. Gálvez, cuyas medidas son 64 m sobre calle 20 de Junio por 43,46 m sobre calle San Luis, encerrando una superficie total de 20.781,44 m², el que será destinado al funcionamiento de un Jardín de Infantes Nº 310.----

 

SEGUNDA: LA COMODATARIA declara recibir de conformidad el inmueble en el estado que se detalla en el Acta Complementaria- Informe de Estado General, que como Anexo II se glosa al presente, el que destinará  exclusivamente para el uso  consignado en la cláusula anterior.----

 

TERCERA: El presente contrato tendrá una vigencia de dos (2) años desde la fecha de su firma, acordándose su prórroga automática por igual término, de no expresarse voluntad en contrario por alguna de las partes en el término de sesenta (60) días hábiles anteriores al vencimiento.----

 

CUARTA: LA COMODATARIA se hace cargo del pago del seguro obligatorio como así también que las reparaciones y/o refacciones y cerramientos que haya que hacer para poner en funcionamiento el Jardín de Infantes.---------

 

QUINTA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato sin expresión de causa, notificando a la otra de tal voluntad con sesenta (60) días anteriores a la fecha en que se produzca su efectivización, renunciando ambas partes a reclamar indemnización por cualquier concepto.----

 

SEXTA: EL COMODANTE se compromete a garantizar a LA COMODATARIA el uso pacífico del inmueble cedido durante la vigencia del acuerdo en tanto se cumplan las condiciones convenidas en el presente.-------

 

SEPTIMA: Todo lo no previsto expresamente en la letra de este contrato se resolverá conforme a las normas que sobre comodato están previstas en los Arts. 2255º, 2287º, ss y cc del Código Civil Argentino.---

 

OCTAVA: Las partes fijan como jurisdicción judicial la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad de Santa Fe, renunciando expresamente a otro fuero y/o jurisdicción.---

 

De conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y  a un solo efecto, en la Ciudad de Santa Fe, a los…….días del mes de…….de…….

 

 

 

 

 

 

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