El Código de Edificación de la Ciudad de Villa Gobernador
Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo
Municipal informa a través de la
Secretaría de Obras Públicas (fs. 12 del expediente de
referencia) que dando cumplimiento a lo que establece la Ordenanza Nº 1.269/97
en su Art. 1º Inciso 5.4.3.27 esta Secretaría de Obras Públicas le informa que
en lso lotes identificados como Sección Catastral Nº 9 Manzana Nº 41 Lotes Nº
03 y 04 ubicados en la
Av. Filippini Nº 1986 esquina Av. Mitre Nº 1826, propiedad
del Sr Cayetano Copani no existen afectaciones ni restricciones y en cuanto a
las normas urbanísticas se
cumplimentarán de acuerdo a lo que establece
el Reglamento de Edificación y Código Urbano en vigencia.
Que a fojas 6 obra
nota de Litoral Gas S.A. por la cuál comunica al Sr. Cayetano Copan que se le otorga la
factibilidad para la provisión de Gas Natural a Av. Filippini esquina Mitre de
Villa Gobernador Gálvez.
Que la solicitud de viabilidad
elevada al Departamento Ejecutivo Municipal por el Sr. Cayetano Copan no se
contradice con lo dispuesto por el Subtítulo 5.4.3.29 del Reglamento de
Edificación de la Ciudad
de Villa Gobernador Gálvez (Ordenanza Nº 116/74) en cuanto no existente
interferencias o incompatibilidades con predios linderos de la misma manzana o
de la adyacente a calle por medio, cuando se trate de edificios existentes que
cumplen las funciones detalladas en los incisos 1 al 5 de dicho sub título y
que con respecto al inciso 4to. El mismo se refiere específicamente al caso de
edificios públicos de las administraciones centrales exclusivamente no
detentando tal característica el edifico del correo argentino ubicado en al
misma manzana que la Estación
de Servicio solicitante de la viabilidad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba
la siguiente:
DECRETO Nº 182/2005
Art.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal, a otorgar la correspondiente viabilidad para la instalación y
expendio de Gas Natural comprimido (GNC) en la Estación de Servicios
Copani ubicada en la intersección (esquina) de Av. Mitre y Av. Filippini y
que tiene una superficie de 758,83
m².
Art.2º) Comuníquese,
Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del
Concejo Deliberante, 10 de junio de 2.005.