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Jueves, 26 Enero 2017 13:51

Decr. 780/15 Convocar a la Junta de Defensa Civil para consensuar protocolo de actuación y comunicación para situaciones de emergencia

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Expte.  Nº  5.565/15.

VISTO:

La Ordenanza N° 2092/2012, que crea la Junta Municipal de Defensa Civil,        

La necesidad de contar con una estrategia definida ante las emergencias que se suscitan por los acontecimientos  climáticos.

La Ley 2.756, Art. 39, Inc. 33.

El Expte. Nº 3216/08 Defensa Civil,  y       

CONSIDERANDO:

            Que el día 27 de diciembre de 2012 se sanciona la Ordenanza citada en los vistos referida a la creación de la Junta Municipal de Defensa Civil. La misma tiene como fin asesorar y asistir al Intendente Municipal ante las emergencias que puedan acontecerse en la ciudad.

            Que en los últimos años esta Junta ha estado reuniéndose ante estos acontecimientos. Que su funcionamiento debería optimizarse y reunirse con mayor frecuencia.

            Que parte del asesoramiento debería ser trabajar en un protocolo de actuación ante las emergencias que se vienen repitiendo por las inclemencias del tiempo.

            Que las lluvias de los últimos días y la cantidad de agua que otros cursos han tributado al arroyo Saladillo nos han puesto en una situación crítica que merece un abordaje integral y la puesta en funcionamiento de un  protocolo de actuación y comunicación ante la ciudadanía que vivió con preocupación y desesperación lo ocurrido.

            Que la Ley Nº 2756 en su Art. 39º Inc. 33 establece: “Dictar medidas de prevención que eviten las inundaciones, incendios o derrumbes” dentro de las atribuciones del Concejo Deliberante.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 780/2015

ART. 1°)  El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que proceda a convocar en carácter urgente a la Junta Municipal de Defensa Civil, creada por Ordenanza Nº 2092/2012, con el fin de discutir y consensuar un protocolo de actuación y comunicación para situaciones de emergencias. Dicha convocatoria deberá en un plazo no mayor a los 15 días de sancionado el presente.

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   13 de agosto  de 2015

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