Sábado, 29 Diciembre 2012 03:31

Ord. 2092/12 Creación “Junta Municipal de Defensa Civil”

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Expte. Nº 4.667/12.

VISTO:

La Ley Provincial8094 para la Creación de Defensa Civil.

La Ley Nº 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que los hechos ocurridos el día 19 del corriente mes en torno al temporal  nos obligan a replantearnos el manejo de las emergencias climáticas en la ciudad.

Que la Ley Provincial8094 en su Art. 7º establece sobre la Defensa Civil, que los Intendentes “dentro  de su jurisdicción territorial, tendrán la misma responsabilidad que la establecida en el Art. 3º para el Gobernador de la Provincia, debiendo cumplir las directivas e instrucciones que éste imparta”, sobre ello, el Art. 3º cita: “El Gobernador de la Provincia tendrá a su cargo la planificación, organización, promoción, control y dirección de la defensa civil y eventualmente, la conducción de las operaciones de emergencia dentro del ámbito provincial”

Que reforzando lo citado en el párrafo precedente, la ley citada establece en su Art. 14º que: “Para el cumplimiento de la responsabilidad establecida en el Art. 7º, el Intendente Municipal será asistido por la Junta Municipal de Defensa Civil. Esta junta será presidida por el Intendente e integrada por funcionarios municipales, representantes de organismos oficiales y  dirigentes de entidades privadas cuyas actividades tengan vinculación con la defensa civil”

Que en el año 2009 se reunió un Comité de Emergencia con el mismo criterio que establece el Art. 14º de la Ley Nº 8.094, y es necesario darle continuidad, para garantizar como se expresó anteriormente, una respuesta coordinada ante las emergencias.

Que la Ley Nº 2756 en su Art. 39º Inc. 33 establece: “Dictar medidas de prevención que eviten las inundaciones, incendios o derrumbes” dentro de las atribuciones del Concejo Deliberante.

Que las organizaciones de la Ciudad relacionadas a la Defensa Civil, como los Bomberos Voluntarios, y también las cooperativas de servicios, han jugado un papel fundamental en esta última emergencia, por lo cual convocarlas sería un paso adecuado para garantizar que los próximos acontecimientos nos encuentren  organizados de antemano.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2092/2012

 

 

        ART.1º) Créase la “Junta Municipal de Defensa Civil” integrada por funcionarios municipales, integrantes del Concejo Deliberante, representantes de organismos oficiales y dirigentes de entidades privadas cuyas actividades tengan vinculación con la defensa civil y los servicios públicos básicos.

 

ART.2º) La “Junta Municipal de Defensa Civil” será presidida, como lo establece la Ley Provincial8.094, por el Intendente Municipal; y en pleno, fijará su funcionamiento y dictará su propio estatuto.

 

ART.3º) Cláusula transitoria: El Departamento Ejecutivo Municipal convocará, con carácter de URGENTE, a las instituciones incluidas en el Art. 1º  para dar funcionamiento y constitución formal a la Junta Municipal de Defensa Civil.

 

ART.4º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  27 de diciembre de 2012.

 

 

 

 


Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

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