CONSIDERANDO:
Que
Que el Art. 59º de
Que a los
efectos de una correcta interpretación y alcance de la presente, deberá
tenerse
en cuenta la significación que el Código Penal otorga a los términos
funcionario público y empleado público:
se designa a
todo el que participa accidental o permanentemente del
ejercicio de funciones públicas, sea por elección popular o por
nombramiento de
autoridad competente (Art. 77).
Que, en
orden al fiel cumplimiento de las previsiones de
Que en virtud de la
Ley citada, en su Art.41 inc.
14) es deber del Intendente Municipal: Suministrar verbalmente, o por
escrito,
por sí o por medio de los secretarios, los informes que pueda requerir
el
Concejo.
Por
todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el
siguiente:
DECRETO Nº 280/2010
ART.1º) Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal que, en el plazo de diez (10) días hábiles, y por intermedio de las áreas que correspondan remita a este Concejo Deliberante, nómina y detalle de los monotributistas que prestaron servicios y/o comercializaron bienes con esta Municipalidad, durante el año 2009 y de los que lo hacen hasta la fecha, consignando en cada caso nombre, número de CUIT, monto facturado para la respectiva operación, así como también el concepto de la misma.
ART. 2º) Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal que remita a este Concejo Deliberante la nómina de personal de Gabinete y contratados y detalle de las funciones que cumplen, durante el período mencionado en el artículo anterior.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo
Deliberante, 29 de marzo de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez A/C Secretaria: Mario Correale