La implementación del nuevo sistema integral de
carnetde conductor en la Ciudad de Villa Gobernador
Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que distintas Comunas vecinas han elevado a esta
Municipalidad como sugerencia la posibilidad de efectuar en carnet de conductor
de sus habitantes en nuestra ciudad, dado que no justifica la disposición de
recursos humanos y económicospara la
cantidad de registros de conducirqueellos emiten diariamente.
Quees de
público conocimiento que nuestraMunicipalidad se encuentra equipada para la realización de los carnet de
conductor según el nuevo régimen dispuesto por el Superior Gobiernodela Provincia, contando
ademásconpersonal capacitado para tal fin.
Quenoexiste impedimento alguno para darlugaralos solicitado por los
presidente de Comunas vecinas.
Que es necesario dictar la medida legal
correspondiente.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1377/99
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal asuscribirconvenios con Comunas vecinas para emitir loscarnet deconductor de sus habitantes, bajo las condicionesque se describen en los siguientes artículos.
ART.2º) La
Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, emitirálas licenciasdeconducir de los habitantes
delascomunas interesadas, en el estricto marco de lo establecido por el nuevo
régimen de licencias establecido por el Poder EjecutivoProvincial mediante Decreto Provincial Nº
266/97de fecha5de
Febrero de 1997 yconlasespecificaciones exigidas por la Dirección Provincial
de Transporte.
ART.3º) LaMunicipalidad de Villa
Gobernador Gálvez tomará asu cargo la
recepción, control y emisión de la nueva licencia deconductor, previa consulta y actualización
digitalen línea con el archivo maestro
de la Dirección
Provincial de Transporte. Asimismo, tomará a su cargo, el
examen delas condicionespsicofísicasdelospostulantes,conforme artículo 6º del Decreto Provincial mencionado en elartículo anterior.
ART.4º) Las Comunas interesadas tomarán a su cargo la realización
delos exámenes técnicos de
idoneidadconductiva,tanto teórico como práctico, según lo
prescripto en la normativa provincial.
ART.5º) La
Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez archivará las
solicitudes y documentos respaldatorios del trámite quea ellalecorresponde por el término decinco(5)años, ordenadas conforme la
secuencia de emisión.
ART.6º) LaMunicipalidadde Villa GobernadorGálvezpercibirá solamentela suma de
Pesos Diez ($10.-) porcadacarnet queemita de los habitantes de las Comunas firmantes,en concepto de gastos de insumos.
ART.7º) Se autoriza a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez aacordar con las demás Comunas, normas
reglamentariasa los efectos de agilizar
el trámite de sus habitantes.
ART.8º) ApruébaseelModelode convenio asuscribirconlas comunasinteresadas,el que forma parteintegrativade esta Ordenanza.
ART.9º) Los convenios que se suscriban con las comunasinteresadasdeberán ser elevados al Superior Gobierno de laProvincia para su homologación y en su defecto
deberáprocedersealaaplicación de losDecretosoResoluciones Provinciales que
rigieren en la materia.
ART.10º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado
en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Febrero 16, 1999.
Presidente: Daniel Machado
A/C Secretaria: Mario Correale
CONVENIO
Entrela Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez,representada enesteacto por el Sr. Intendente MunicipalDonPedroJorge Gonzálezy por el Secretario de Gobierno, EducaciónyCultura, DonRodolfo Osvaldo
Cavalleri, con domicilio en calleIngeniero Mosconi1541deVilla Gobernador Gálvez, por unaparteyla
Comuna de ........., representada en este acto por el
Sr.PresidenteComunal, Don ..............., D.N.I. Nº...........,con domicilio de calle ........ de .................., se acuerdaen celebrarelpresente Convenio, que se
somete alassiguientes cláusulas: ------------------------------------------------------
PRIMERA: Las partes
celebran el presente a los fines de quela Municipalidadde Villa Gobernador Gálvez emita las
licenciasde conductorde los habitantes de la Comuna de ....... en
elmarco de lo establecido por el nuevo
régimen de licenciasestablecidos por el
Poder Ejecutivo Provincial, conforme Decreto Provincial Nº 266/97 de fecha 5 de
Febrero de 1997 y con las siguientes especificaciones exigidas por la Dirección de Transporte
de laProvincia de Santa Fe. ------------------------------------------------
SEGUNDA: La Municipalidad de
Villa Gobernador Gálvez toma asu cargo
la recepción, control de datos y emisión de la nueva licencia de conductor
previa consulta y actualización digital en línea con el archivo maestro de la Dirección Provincial
deTransporte. Asimismo, toma a su
cargo, el examen de las condicionespsicofísicasde los postulantes,
conforme artículo 6º del DecretoProvincial mencionado. ---------------------------------------------
TERCERA: La comuna de
....... toma a su cargo la realización de los exámenes técnicos de idoneidad
conductiva, tanto teórico como práctico, según lo estipulado en el Decreto
Provincial Nº 266/97.
CUARTA: La Municipalidad de
Villa Gobernador Gálvez se obliga aarchivar las solicitudes y documentos respaldatorios deltrámite queaellale corresponde por el término decinco(5)años, ordenadas conforme la
secuencia de emisión. ---------------------
QUINTA:Laspartes acuerdan establecerlasreglamentaciones necesarias a
los fines de agilizar el trámite que se conviene por el presente.
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SEXTA:LaMunicipalidad
de Villa GobernadorGálvezpercibirá solamente la suma de $10.- (pesos
diez) por cada carnet que emita deun
habitante de la misma, en concepto de gastosdeinsumos. Parael supuesto de variar los costos, las
partesacuerdanque ajustarán la suma antes referida.
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.....Previa lectura y ratificación, se
suscriben dosejemplares deunmismotenor y a un solo efecto,
en laciudaddeVilla Gobernador Gálvez, a los ... del mes de Febrero de milnovecientos noventa y nueve.
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