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Miércoles, 11 Febrero 2009 21:12

Ord. 1570/03 Modificación Código Municipal de Faltas art 107 Pornografía

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Expte. Nº 2.439/03.

VISTO:

El Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº  490/89) en su Art. 107º.

La Ley Provincial Nº 12.179 , y

 

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial Nº 12.179 incorpora al Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe el Art. 80 Ter  el  cuál dispone la prohibición y sanciona la exhibición de páginas pornográficas  de  Internet  en locales comerciales a menores de 18 años.

Que  por lo tanto y en mérito a ello resulta necesario modificar el Art. 107º del Código Municipal  de Faltas a fin de adecuarlo a lo dispuesto por la legislación provincial.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1570/2003

 

ART.1º) Modifícase el Art. 107º del Código Municipal de Faltas (Ordenanza Nº 490/89) el cuál queda redactado de  la siguiente manera: "Art. 107º) PORNOGRAFIA: La venta, emisión, distribución, exposición  o circulación  de libros, revistas, folletos, emblemas, avisos, carteles, audiciones, imágenes, pinturas  u objetos de cualquier naturaleza que resulten pornográficos,  a menores de 18 años, con multa  de 10  a 100 u.p. y/o clausura y/o comiso y/o inhabilitación.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de Diciembre de 2003.

Presidente: Alberto Podolsky

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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