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Miércoles, 25 Enero 2017 18:35

Decr. 754/15 Informe sobre la implementación de la Ordenanza Nº 2273/14

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Expte.  Nº  5.491/15.

VISTO:

El Expediente 27788 - C.D. de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, proyecto sobre Descanso Dominical y Feriados Nacionales y Regulación de horarios laborales presentados por diversas instituciones gremiales y empresariales. 

El Artículo 14 bis de la Constitución Nacional. 

La Ley de Trabajo Nº 20.744.

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

La Ordenanza 2273/14 sobre Descanso Dominical, y 

CONSIDERANDO:

Que en el mes de Diciembre del año 2014, se aprobó por unanimidad la ordenanza mediante el cuál este municipio, adhiere en todos sus términos a la ley provincial que establece la recuperación de los feriados nacionales y regula los horarios laborales, iniciativa presentada por diversas instituciones gremiales; Para ser aplicadas en establecimientos comerciales y/o de servicios en la Provincia de Santa Fe, que deberán permanecer cerrados los días domingos. 

Que mediante dicha ordenanza el Ejecutivo Municipal debía establecer los mecanismos de control y cumplimiento en conjunto con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Producción de la Provincia. 

Que, esta iniciativa, cuenta con un amplio consenso social y legislativo y constituye la recuperación del derecho del trabajador y como valuarte en la reconstrucción de los lazos familiares. 

Que el cierre dominical no producirá la disminución de los comercios de bienes y servicios sino que modificará los patrones de servicios de consumos que serán asimilados por el consumidor, adaptándose a los días y horarios permitidos sin efectos negativos para la producción y el empleo. 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 754/2015

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que en el plazo de 5 días hábiles de aprobado el presente, informe a través de la oficina técnica que corresponda, sobre los mecanismos de control y cumplimiento de la Ley 13.441 definidos e instrumentados en el Art. 2º de la Ordenanza 2273/14,  y disponga los mecanismos necesarios a fin de hacer efectiva esta disposición en forma inmediata.

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   7 de mayo  de 2015

 

 

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