Decr. 754/15 Informe sobre la implementación de la Ordenanza Nº 2273/14
Expte. Nº 5.491/15.
VISTO:
El Expediente 27788 - C.D. de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, proyecto sobre Descanso Dominical y Feriados Nacionales y Regulación de horarios laborales presentados por diversas instituciones gremiales y empresariales.
El Artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
La Ley de Trabajo Nº 20.744.
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La Ordenanza 2273/14 sobre Descanso Dominical, y
CONSIDERANDO:
Que en el mes de Diciembre del año 2014, se aprobó por unanimidad la ordenanza mediante el cuál este municipio, adhiere en todos sus términos a la ley provincial que establece la recuperación de los feriados nacionales y regula los horarios laborales, iniciativa presentada por diversas instituciones gremiales; Para ser aplicadas en establecimientos comerciales y/o de servicios en la Provincia de Santa Fe, que deberán permanecer cerrados los días domingos.
Que mediante dicha ordenanza el Ejecutivo Municipal debía establecer los mecanismos de control y cumplimiento en conjunto con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Producción de la Provincia.
Que, esta iniciativa, cuenta con un amplio consenso social y legislativo y constituye la recuperación del derecho del trabajador y como valuarte en la reconstrucción de los lazos familiares.
Que el cierre dominical no producirá la disminución de los comercios de bienes y servicios sino que modificará los patrones de servicios de consumos que serán asimilados por el consumidor, adaptándose a los días y horarios permitidos sin efectos negativos para la producción y el empleo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 754/2015
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que en el plazo de 5 días hábiles de aprobado el presente, informe a través de la oficina técnica que corresponda, sobre los mecanismos de control y cumplimiento de la Ley 13.441 definidos e instrumentados en el Art. 2º de la Ordenanza 2273/14, y disponga los mecanismos necesarios a fin de hacer efectiva esta disposición en forma inmediata.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de mayo de 2015