CONSIDERANDO:
Que los solicitantes han cumplimentado los requisitos exigidos, ya sea con respecto a los fines como a la documentación que se debe presentar.
Que la Dirección de Asuntos Legales del Departamento Ejecutivo Municipal a fojas 104, ha aconsejado se disponga su reconocimiento en razón de haber cumplimentado con los requisitos establecidos.
Que el Departamento Ejecutivo ha dictado el Decreto Nº 1.738/08 autorizando el funcionamiento de la Asociación Vecinal "11 de Junio" del Barrio Ibarra.
Que de acuerdo al Art. 3º de la Ordenanza Nº 77/84, es necesario dictar la medida legal que corresponde, fijando el Concejo Deliberante su radio de jurisdicción.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1802/2008
ART.1º) Apruébase el Radio de jurisdicción de la "Asociación Vecinal 11 de Junio" el que es parte de la Sección Catastral Nº 7, delimitado de la siguiente forma:
- Al Sur calle Libertador vereda norte.
- Al Este vereda oeste de calle Alberdi.
-Al Oeste vereda este de calle Caseros.
-Al Norte vías del ferrocarril.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de octubre de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti Pro Secretaria: Victoria Beloni