VISTO:
El pedido del Departamento Ejecutivo para que
se apruebe el radio de Jurisdicción
asignado a la Asociación Vecinal 21 de Septiembre, de conformidad a lo
establecido en el art. 3º) de la Ordenanza 77/84 , y
CONSIDERANDO:
Que dicho
pedido cuenta con despacho favorable
de la Comisión de Gobierno y Educación, y dictamen de Asesoría Letrada,
EL CONCEJO
DELIBERANTE DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ, en
uso de sus atribuciones, sanciona el siguiente:
DECRETO Nº 023/85
ARt.1º) Concédese autorización al
radio de jurisdicción asignado a la
Asociación Vecinal 21 de Septiembre mediante
decreto Municipal Nº 829/85.
ART.2º) Que el radio de
jurisdicción que se le asigna a la
vecinal es el siguiente: al
Norte: Calle M. Estrada desde E.
Zolá hasta Saavedram, continuando en
línea quebrada por ésta
hsta José Ingenieros y por ésta hasta
Victoria, al Este: Por
Victoria desde José Ingenieros hasta Av. Leandro N. Alem, por ésta hasta 12 de Octubre y por esta
última hasta Paraguay, al Sur:
por Paraguay desde 12 de Octubre hasta
Av. San Martín y al Oeste: Por Av. San Martín desde Paraguay hasta
E. Zolá, y desde éste hasta
M. Estrada, cerrando el
perímetro.
ART.3º) Comuníquese, Regístrese,
Archívese.
Dado en Sala de Sesiones a los 12 días de Julio de 1985.
Nota: derogado por Ordenanza 1961/11