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Sábado, 17 Diciembre 2011 21:45

Ord. 1996/11 Deroga las Ordenanzas 1858/09 y 1975/11

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Expte. Nº  4.250/11.

VISTO:

La Ley provincial Nº 12.385,sus modificaciones y decreto reglamentario y Ley 2756.

Las Ordenanzas Nº 1.858/09 y 1.975/11 , y

 CONSIDERANDO:

Que este Concejo Deliberante entiende que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndole correspondido en la distribución para el año 2009 un fondo total no reintegrable de $ 3.460.124,20.- en concepto de “Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamientos y rodados” Ley 12.385 .

Que por Ordenanzas Nº 1.858/09 y 1.975/11 se solicito al Superior Gobierno de la Provincia aporte al municipio la suma de $ 1.730.062,10.- no reintegrables correspondientes al 50 % de los fondos asignados para el año 2009 destinados a obras de infraestructura.

Que las mismas Ordenanzas, en el Art. 2º, facultan al Intendente Municipal a gestionar el financiamiento parcial de esos fondos por al suma de $ 976.614,35.- (Pesos Novecientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Catorce con treinta y cinco centavos) los que serian destinados a la ejecución de redes cloacales y conexiones domiciliarias en el Sector II del proyecto confeccionado oportunamente por Aguas Santafesinas S.A.

Que esas obras fueron oportunamente afrontadas con recursos del Fondo Federal Solidario.

Que, según manifiesta, el Departamento Ejecutivo,  proyecta obras de pavimentación y cordones cunetas en distintos sectores de la Ciudad.

Que en razón de lo expuesto, resulta menester reasignar la partida de $ 976.614,35.- (Pesos Novecientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Catorce con Treinta y Cinco Centavos) correspondiente al periodo 2009 y que no fuera utilizada para obras de cloacas.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1996/2011

 

ART. 1º) Deróguense las Ordenanzas Nº 1.858/09 y 1975/11 en todos sus términos.

ART.2º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385 , sus modificaciones y Decreto Reglamentario, restituya a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, el aporte no reintegrable por la suma de $ 976.614,35.- (Pesos Novecientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Catorce con Treinta y Cinco Centavos) correspondiente a parte del “Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados” asignados oportunamente para el año 2009 que serán destinados a la ejecución de obras de pavimentación y cordones cunetas en las calles Maipú, desde Intendente Andréu hasta San Juan; Dorrego, desde Intendente Andréu hasta 17 de Octubre y Nogués, desde Alvear hasta La Ribera.         

ART.3º) Declárase como no susceptibles  de recuperación mediante contribución de mejoras la obra consignada en el Art. 2º, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar la reasignación de fondos para la realización de las obras aludidas en el art. precedente.

ART. 5º) Autorízase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

ART.6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe y Secretaría de Municipios, Comunas y regiones.

ART.7º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de diciembre de 2.011.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

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