INTERES DEPORTIVO 1º ENCUENTRO PROGRAMA PARA EL DESARROLLO INFANTIL EN TAEKWONDO
Autor del proyecto: Concejal Leiva.
Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Deportivo el 1º Encuentro del programa para el desarrollo infantil en Taekwondo. Exp. 5429/14.
VISTO:
La realización del 1º Encuentro del Programa para el Desarrollo Infantil en Taekwondo.
La Ley Orgánica de Municipalidades nº 2756;
La ordenanza 1947/10 Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones
CONSIDERANDO
Que el día 7 de Diciembre del corriente año, se llevará a cabo en la Escuela Part. Inc. "Cooperación", el Io Encuentro del Programa para el Desarrollo Infantil en Taekwondo, el cual se trata de enseñar a los niños desde 3 a 7 años a través del juego logrando que aprendan técnicas, posturas, habilidades y destrezas. Los niños comienzan a adquirir y desarrollar equilibrio, fortaleza y demás tratando de quitar de lado la parte competitiva para evitar la frustración.
Que en esta jornada se realizaran los juegos que están sujetos a cambios y adaptaciones y con los juegos elegidos se pretenden resaltar las habilidades individuales de cada niño participante. Así, tenemos unos que precisan de velocidad, fuerza, resistencia, reacción, etc. Todos los equipos recibirán un reconocimiento en premio para cada uno de sus integrantes (medallas, trofeos, diplomas, remeras, bolsos).
Que el deporte es un factor de inclusión fundamental para el desarrollo integral y saludable de los/las niños, niñas y adolescentes establecido así por la Convención Internacional de los Derechos del niño.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de :
DECLARACION
ART. 1º- El Concejo Deliberante declara de Interés Deportivo el 1º Encuentro del Programa para el Desarrollo Infantil en Taekwondo, que se realizará el día 7 de Diciembre del año 2014, en la Escuela Part. Inc. "Cooperación".
INTERES DEPORTIVO 1º ENCUENTRO PATIN ARTISTICO “GLAMOUR SOBRE RUEDAS”
Autor del proyecto: Concejal Leiva.
Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Deportivo el 1º Encuentro Patín Artístico “Glamour sobre ruedas”. Exp. 5428/14.
VISTO:
La ley Orgánica de Municipalidades ng 2756,
La Ordenanza nº 1947/10 Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones,
La Realización de la Presentación del 1? Encuentro de Patín Artístico organizado por el GRUPO "Glamour sobre Ruedas";
CONSIDERANDO
Que desde principios de este año un grupo de padres y madres de un sector humilde de la ciudad preocupados porque sus hijas realizaran una actividad física/artística formaron un grupo de PATIN que entrena semanalmente en las instalaciones del Club Sarmiento de nuestra ciudad sumando día a día más integrantes terminando el año con cerca de 70 participantes.
Que a lo largo de todo el año y con el objetivo de juntar fondos para hacer frente a los diferentes gastos que esta actividad demanda han realizado almuerzos y sorteos pero aun asi siguen requiriendo el apoyo de comercios y empresario de la ciudad.
Que el deporte es un factor de inclusión fundamental para el desarrollo integral y saludable de los/las niños, niñas y adolescentes establecido así por la Convención Internacional de los Derechos del niño.
Que el día 13 de Diciembre del corriente año, se llevará a cabo el 1º Certamen de Patín Artístico organizado por el GRUPO "Glamour sobre ruedas" en las instalaciones del GIMNASIO de la Escuela Particular Incorporado Cooperación nº 8235.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de :
DECLARACION
Art. 1º- El Concejo Deliberante declara de Interés Deportivo la presentación oficial del 1º encuentro de Patín Artístico "Glamour sobre Ruedas", que se llevará a cabo el día 13 de Diciembre en las instalaciones del gimnasio de la Escuela Particular Incorporado Cooperación Nro. 8235.
PROGRAMA DE INCENTIVO PARA BUENOS CONTRIBUYENTES
Autor del proyecto: Concejal Leiva.
Proyecto de Ordenanza, Creación del “Programa de Incentivo para buenos contribuyentes. Exp. 5400/14.
VISTO:
Ley 2756 Ley Orgánica de Municipalidades
El estado de deterioro y/o inexistencia de muchas de las veredas de la ciudad.
La necesidad de crear un Programa de Incentivo que permita aumentar la recaudación en las arcas municipales
La posibilidad de premiar el comportamiento de aquellos contribuyentes que se encuentren al día en el pago de la Tasa General de Inmuebles Urbanos; y
CONSIDERANDO:
Que el estado de nuestras veredas no sólo es una cuestión estética sino también de comodidad y seguridad de los peatones;
Que son permanentes e infructuosos los reclamos de vecinos y transeúntes por el alto deterioro en que se encuentran muchas de ellas;
Que el Estado municipal es el encargado de controlar las buenas condiciones de las veredas, para que la gente transite por lugares seguros;
Que se observan distintas sentencias en todo el país derivadas de accidentes causados por veredas en mal estado que han llegado casi de forma unánime a determinar la responsabilidad del Municipio correspondiente, sea como demandado principal o solidario;
Que, más allá del control indelegable que debe ejercer el Municipio, otra forma de contribuir a paliar este problema sería implementar un sistema de incentivos para aquellos contribuyentes que cumplen en tiempo y forma con el pago de la Tasa General de Inmuebles Urbanos, consistente en un sorteo de módulos de reparaciones de veredas, concretado en materiales, asesoramiento técnico y mano de obra, con el objetivo de que se reparen y/o embellezcan sus aceras;
Que de ese modo, a la par de incentivar el abono del referido gravamen, se utilizaría un medio que redundaría en beneficio de la ciudadanía en su conjunto;
Que se registran exitosas experiencias de este tipo, con matices diversos, en localidades símiles a la nuestra e incluso en la capital santafesina, actividades que se han incorporado a la agenda de los Gobiernos otorgándoles éstos continuidad en el tiempo y percibiendo consecuentemente efectivas mejoras tanto en la cultura del vecino contribuyente como en el estado de las veredas de la ciudad;
Que este Concejo debe contribuir a la seguridad de los habitantes y a que la vía pública se mantenga apta para su circulación, procurando cada día hacer de Villa Gobernador Gálvez una ciudad accesible que nos contenga a todos;
Por todo lo expuesto, el concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1°:Créese el “Programa incentivo para contribuyentes cumplidores” consistente en la realización de un sorteo anual de 12 (doce) módulos de reparación de veredas que incluyan materiales, asesoramiento técnico y mano de obra, respetando la legislación vigente, entre aquellos contribuyentes de la Tasa General de Inmuebles Urbanos que no adeuden cuotas exigibles, al momento de la confección de la nómina mencionada en el Artículo 2°.
Artículo 2°:Determínese la confección de la nómina de los contribuyentes que se encuentren en condiciones de participar del programa. La emisión de dicha nómina se efectuará en la segunda semana de febrero de cada año.
Artículo 3°:Exclúyase de la nómina mencionada en el artículo precedente a los funcionarios municipales, entendiéndose por tales al Intendente, sus Secretarios y los Concejales.
Artículo 4°:Establézcase que el sorteo referido en el Artículo 1° será de carácter público y se llevará a cabo en la segunda quincena del mes de marzo de cada año, ante Escribano.
Artículo 5°:Publíquese la nómina de contribuyentes que resultaren favorecidos en el sorteo y, por ende, beneficiarios de un módulo, en el sitio web de la Municipalidad, en cada uno de los edificios y reparticiones municipales sin perjuicio de la utilización de otros medios de difusión.
Artículo 6°:Efectúese la suscripción de un acta acuerdo con cada contribuyente favorecido, donde se establezcan las condiciones generales, el inicio y el plazo de ejecución de la obra.
Artículo 7°:Establézcase que el contribuyente favorecido podrá ceder el beneficio a otro frentista participante del programa o a una institución de bien público de la ciudad.
Artículo 8°:Los incentivos no serán acumulables, no pudiendo un mismo contribuyente gozar de más de uno de ellos.
Artículo 9°:Impútense los gastos que implique la implementación de la presente a la partida presupuestaria correspondiente.
DECLARACION INTERES PRODUCTIVO “V MISION INVERSA”
Autor del proyecto: Concejal Leiva.
Proyecto de Declaración, declaración de Interés Productivo Municipal la “V Misión Internacional Inversa”. Exp. 5393/14.
Visto:
Ley Nº 2.756 Artículo 39;
La Ordenanza Nº 1.947/10 Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones;
Considerando:
Que el día Martes 4 de Noviembre se realizó en la Sede de la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gdor. Gálvez el "Acto de Lanzamiento de la V Misión Internacional Inversa".
Que la misma tiene como fin iniciar las Rondas de Negocios con los compradores extranjeros y nuestros empresarios oferentes de las cadenas plástica, carrocera, de la maquinaria agrícola y del acoplado y semirremolque.
Que en el marco del Proyecto de Desarrollo Institucional realizado por la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez realizará este evento durante los días 4 y 5 de Noviembre con Empresas de Bolivia, Uruguay y Chile , continuando el 11 y 12 de Noviembre con Empresas de Ecuador.
Que las Empresas Extranjeras participantes son del rubro de Autopartes, Camionpartes, Motopartes, Carroceros, Acoplados, Semirremolques, Maquinas Agrícola, Alimenticia, Almacenamiento, Plástica , etc. están a la búsqueda entre otras cosas de proveedores de: Alfombras y Radiadores, Amortiguadores, Baterías completas, Bombas de agua y gasoil, Bujes de goma, Cajas de Cambio, Cigüeñales, Cilindros, Componentes para transmisión, Cristales, Enfriador de aceite, Espejos para autos y camionetas, Faros, Filtros, Frenos, Fuelles, Guardabarros, Guardapolvos, Intercoolers, Juntas, Muelles y Ballestas, Palancas, Parrillas, Partes de motor, Rodamientos Horquilla. Sistemas de Almacenamiento, Combustibles, de Embragues y de Enfriamiento, Soportes Barra estabilizadora, Soportes de Cajas de cambio, Suspensión, Tambores de freno, Tanques de acero inoxidable, de agua y termoformados, Termostatos, Transmisión, Rejillas de Protección y Tunning deportivo, entre otras.
Que el objetivo es promocionar internacionalmente las distintas cadenas productivas de la región y afianzar el vínculo entre empresarios locales y de países vecinos, celebrar algunos acuerdos comerciales y comenzar a delinear otros más ambiciosos.
Por todo lo expuesto se eleva el siguiente proyecto de
DECLARACION
ARTICULO 1º) Declárese de Interés Productivo Municipal la V Misión Internacional Inversa que se llevara a cabo en el mes de noviembre de 2014 organizado por la Asociación de Comercio es Industria de VGG donde participaran empresarios locales junto con empresas de Bolivia, Uruguay, Chile y Ecuador.
DECLARACION UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION PREDIOS UBICADOS EN SOLDADO AGUIRRE Y FILIPPINI
Autor del proyecto: Concejal Leiva.
Proyecto de Ordenanza, declaración de utilidad pública para expropiación de predios ubicados en las calles Soldado Aguirre y Filippini (Coop. Int. Limitada). Exp. 5384/14.
Visto:
Ley Orgánica de Municipalidades 2756 Art. 39 inc. 15 Solicitud a la Legislatura Provincial de autorización para expropiación por causa de Utilidad Pública.
Constitución Provincial Art. 15 El Estado puede expropiar bienes previa indemnización, por motivos de Interés General Calificado por ley.
Constitución Nacional Art. 17 ¨la expropiación por causa de Utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada¨.
El Plan de intervención Barrial del Superior Gobierno de Santa Fe para Villa Gobernador Gálvez.
La necesidad un espacio físico donde los alumnos de las escuelas de la zona oeste de la ciudad puedan desarrollar actividades físicas.
Considerando
Que en la actualidad los Establecimientos Educativos de la Zona Oeste de la ciudad no disponen de un predio adecuado para la práctica de deportes y/o actividades físicas.
Que esta carencia obliga a que los alumnos y profesores tengan de desplazarse a otros puntos de la ciudad bastante más alejados de sus domicilios para realizar prácticas deportivas registrándose altos niveles de ausentismo por esta causa.
Que la el entrenamiento deportivo en las escuelas cumple una función esencial para el desarrollo y formación integral de niñas, niños y adolescentes.
Que en la intersección de Av. Soldado Aguirre y Filippini se encuentra un predio propiedad de la Cooperativa Integral Limitada de Villa Gobernador Gálvez que reúne las condiciones ideales por sus dimensiones y ubicación para la construcción de un Complejo de Entrenamiento Deportivo.
Que en la actualidad y desde su adquisición sus propietarios no le han establecido un destino a dicho inmueble corriendo un altísimo riesgo de posibles usurpaciones como ya ha ocurrido recientemente con otros terrenos de la ciudad.
Que según datos catastrales el predio se compone de dos terrenos divididos en su mitad por la continuación del Pasaje 5 de un ancho de 10.5 mts por 29.50 mts. de largo.
Que un emprendimiento de esta naturaleza beneficiaria eventualmente a las siguientes escuelas: Escuela 680 Mariano Moreno, Escuela 1281 Cecilia Grierson, Escuela Primaria 1204, Escuela Secundaria 364 Soldado Aguirre, Escuela 1266 Juana Azurduy.
Que el terreno limita con el predio del Club Coronel Aguirre quien actualmente se encuentra en plena de etapa de construcción de su estadio y con quien se podría realizar convenios de cooperación para que pueda ser compartido fuera de los horarios normales de clases de manera que no afecte el normal desarrollo de sus actividades.
Que el Plan de Intervención barrial del Gobierno de Santa Fe para el periodo 2014-2015 superará los tres mil millones de pesos y tiene como objetivos invertir para generar mayor inclusión apuntado a los sectores donde hay más carencias.
Que el mencionado PLAN resalta la apertura de calles, la construcción y recuperación de espacios públicos, la ejecución de desagües cloacales, redes de agua potable, y la generación de soluciones habitacionales. Además de planes de inclusión socio-educativa (como el ya implementado “Vuelvo a Estudiar”, entre otros), de seguridad pública (como la Policía Comunitaria), de fortalecimiento de las instituciones (con un nuevo programa para los clubes) y de robustecimiento de la economía social.
ORDENANZA
ART.1º) Declárese de utilidad pública los predios de propiedad de la Cooperativa Integral Limitada de Villa Gobernador Gálvez ubicado en la intersección de las Calles Av. Soldado Aguirre y Filippini, declarándolos sujetos a expropiación.
ART.2º) Los bienes inmuebles que se afectan son los siguientes:
1- Lote: 001 Sección: 12 Manzana: 0009 Catastro Nº: 018190/00
2- Lote: 002 Sección: 12 Manzana: 0009 Catastro: 018189/00
ART.3º) Apruébase la desafectación del dominio público municipal y su incorporación al dominio privado municipal de una fracción de terreno ubicado en la Sección Catastral Nº 12 Manzana 009 identificado como la continuación de la calle Pasaje 5 limitando al ESTE con el Club Coronel Aguirre y al OESTE con la Calle Filippini y mide 10.5 mts de ancho por 29.5 mts. de largo, con una superficie aproximada de 309.75 metros cuadrados. Las medidas definitivas, superficie, linderos y demás datos serán las que resulten del plano de mensura que se efectuará oportunamente y que será confeccionado por el Área municipal que corresponda.
ART.4º) Autorizase la Cesión de Derechos y Acciones al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe de la parcela descripta en el Art. 3º, con cargo de la construcción de Complejo de Entrenamiento Deportivo y con sanción de retrocesión en caso de no cumplimiento del cargo en el plazo de 24 meses a partir de la sanción de ley de expropiación de los terrenos a los que se refiere el art. 1º.
ART.5º) Elévese al Superior Gobierno de la Provincia para su cumplimiento y tramitación.
INTERES MUNICIPAL CONCURSO “MI PROPUESTA PARA V.G.G.” 2º EDICION
Autor del proyecto: Concejal Leiva.
Proyecto de Declaración, declarando de Interés Municipal el Concurso “Mi propuesta para V.G.G.” 2º edición. Exp. 5374/14.
Visto
La Ley 2756, Art. 39º Inc. 3
La Ordenanza Nº 1.947/10, Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones, y
CONSIDERANDO:
Que en noviembre de 2012 FM RED SOLIDARIA organizó la 1ª edición del CONCURSO ¨MI proyecto para VGG ¨ en la que participaron alumnos de distintas escuelas secundarias públicas y privadas de nuestra ciudad.
Que el mencionado CONCURSO está inspirado en la INICIATIVA POPULAR como herramienta de participación, que es necesario promover acciones que faciliten el acercamiento a los más jóvenes a involucrarse en las diferentes problemáticas de nuestra ciudad y además y sobre todo: PROPONER LAS SOLUCIONES que desde su punto de vista podrían ser las más viables, con la firme convicción que los problemas de villa Gobernador Gálvez hallarán su solución en los habitantes de Villa Gobernador Gálvez .
Que en la 1º colaboraron económicamente distintas empresas, comercios e instituciones de la ciudad y se otorgaron premios a las propuestas más originales y de más factible de concreción por lo cual lo participantes recibieron tablets, notebooks , cursos de IDIOMAS, y demás elementos donados por empresarios de la ciudad, mientras que las escuelas recibieron PINTURA para su edificio.
Que el 1º premio se otorgó a una IDEA en la que un alumno inspirado en la discapacidad de su hermanito menor propuso que las plazas de nuestra ciudad tuvieran juegos especiales adaptados porque decía él quería compartir algún juego con su hermano, quien sólo podía ¨mirar¨ como los demás se divertían.
Que a partir de esta propuesta se logró que la MULTINACIONAL GENERAL MOTORS se involucrara en el proyecto y disponga personal y recursos para la fabricación de juegos integradores que les permitan JUGAR a todos los niños cualquiera sea la limitación física que tenga.
DECLARACION
ART.1º) Declárese de Interés Municipal, el concurso MI PROPUESTA PARA VGG 2ª EDICION organizado por 12 MEDIOS que se llevara a cabo en el mes de noviembre de 2014 con la participación de las Escuelas públicas y privadas de nuestra ciudad.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la secretaria que corresponda contribuirá con este Concurso poniendo a su disposición las distintas dependencias municipales que sean requeridas sobre todo en el acto de entrega de premios y reconocimientos a los alumnos participantes.
SE ELEVE INFORME SOBRE LA ORD. 2215/14 (SKATEPARK)
Autora del proyecto:Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Decreto,se eleve a este cuerpo un informe sobre la Ord. Nº 2215/14 (Skatepark). Exp. 5348/14.
VISTO:
La Ley Orgánica Municipal Nº 2756
El reclamo de jóvenes y padres;
CONSIDERANDO:
Que en el mes de Julio del corriente año se aprovó por unanimidad la Ordenanza Nº 2.215/14 referida a la creaciòn de SKATEPARK en la ciudad de Villa Gobernador Gàlvez y que aún no se conocen los avanses que efectivicen dicha obra.-
Que los jóvenes que practican diversas actividades, comprendidas dentro de este SKATEPARCK manifiestan la necesidad de realizar pŕacticas de trabajo conjunto entre el Dapartamento Ejecutivo Municipal, las áreas de Arquitectura, Catastro y Obras Públicas y/o cualquier otra división involucrada en este preyecto.-
Que dicha Ordenanza refiere en el artículo Nº10, que el D.E.M, considerará las recomendaciones, sugerencias , donaciones y aportes brindados por asociaciones y usuarios.-
Que estos jóvenes exponen que su propósito fundamental es ser una fuente de consulta y generación de donaciones que colaboren con la creación de dicho parque.-
Que la existencia de este tipo de ámbito de deporte ,esparcimiento y encuentro social es entendido como inversión social y constituye la opcioń más adecuada respecto a la durabilidad, seguridad y práctica de la actividad.-
Que resulta sumamente necesario crear estos tipos de ambientes que promueven la no violencia, la tolerancia y la paz social, junto con los beneficios del deporte para el desarrollo.-
Que el deporte enseña valores importantes con respecto al trabajo en equipo y justicia.-
Por todo lo expuesto anterormente, el Bloque del Partido Vecinal Independiente, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;
DECRETO
Articulo 1º- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, eleve a este cuerpo, en un plazo no mayor a 20 (veinte) días ,un informe sobre las diferentes operaciones, prácticas y/o acciones que efectivicen la Ordenanza Nº 2.215/14.-
Articulo 2º- El Departamento Ejecutivo Municipal está obligado a componer un diálogo constante que desarrolle un trabajo conjunto entre las áreas que el mismo considere apropiadas y los jóvenes y padres que desarrollen y/o esten realicionasdos con las pŕacticas deportivas contempladas en el Art.1º y Art. 8º de la Ordenanza Nº 2.215/14.-
COLOCACION Y RECOMPOSICION DE LOS CESTOS DE RESIDUOS EN EL CEMENTERIO SAN LORENZO
Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Decreto, se proceda a la colocación y recomposición de lo cestos de residuos que se encuentran dentro el Cementerio Municipal. Exp. 5340/14.
VISTO:
La ley Orgánica Municipal N° 2756
Expediente N°1504/98
Ordenanza N°1333/98
Ordenanza N° 933/93
Decreto N°660/2014
Reglamento General del Cementerio 595/80
El reclamo de los vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que un cementerio es el lugar donde se depositan los restos mortales o cadáveres de los difuntos.-
Que varios vecinos que visitan cotidianamente a sus seres queridos no poseen lugares donde arrojar sus desechos, tanto sea flores en descomposición, trapos, papel, artículos de limpieza y demás elementos utilizados para el aseo de los panteones y nichos.-
Que es sumamente importante brindar al vecino todas la facilidades que hagan al higiene y seguridad del Cementerio.-
Que dentro del Cementerio Municipal se hayan ensamblados cestos de basura totalmente deteriorados y fuera de servicio hace ya varios años.-.
Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque del Partido Vecinal Independiente, eleva para su| tratamiento el siguiente proyecto de;
DECRETO
Articulo 1º- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda proceda con suma urgencia a la colocación y recomposición de los cestos de basura que actualmente se encuentran ensamblados dentro del predio del Cementerio Municipal.-
PEDIDO INFORME ESTADO PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL
Autora del proyecto:Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Decreto,Pedido de informe sobre el estado del Parque Automotor municipal, incluyendo vehículos particulares. Exp. 5337/14.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades NQ2756.-
Los problemas de mantenimiento y sostenimiento de la Maquinaria Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que la cantidad de maquinaria municipal existente resulta muy limitada para brindar correctamente los servicios que la población requiere y sobre los cuales contribuye a través de la Tasa General de Inmuebles y otros servicios como la provisión y mantenimiento de Agua Potable y Cloacas;
Que las máquinas pesadas tienen muchos años de servicio en la municipalidad y desde hace tiempo no se renuevan ni incrementan. Razón por lacual existen muchos problemas de costos, mantenimiento y adquisición de repuestos. Así presentan numerosas complicaciones técnicas, estando casi la mitad de la flota de estos vehículos fuera del servicio activo o circula con severas limitaciones;
Que otros factores que influyen en el deterioro son el tipo de mantenimiento parcial y no integral de cada unidad, el exceso de horas máquina trabajadas, la sobre exigencia en la tarea diaria, la asignación de trabajos no vinculados al Servicio Público que sobrecarga las horas trabajadas, desgastan a la unidad e impiden el cumplimiento de la rutina a la cual han sido asignadas. A este progresivo deterioro de la flota d estos vehículos o máquinas herramientas se suman los inconvenientes para preserva el espacio público, llámese calles, caminos, veredas y otros servicios que hacen a I calidad de vida del vecino;
Por todo lo expuesto el Bloque Partido Vecinal independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;
DECRETO
Artículo 1º)- El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda eleve en un plazo no mayor a 20 días de haber aprobado el siguiente decreto, informe que detalle la siguiente información:
• CANTIDAD DE CAMIONES DE CARGA y/o VOLCADORES Y ESTADO FUNCIONAMIENTO.-
• CANTIDAD DE MOTONIVELADORAS Y ESTADO DE FUNCIONAMIENTO.-
• CANTIDAD DE TRACTORES Y ESTADO DE FUNCIONAMIENTO.-
• CANTIDAD DE DESMALEZADORAS Y ESTADO DE FUNCION AMIENTO.-
• CANTIDAD DE CAMIONES RECOLECTORES DE BASURA Y ESTADO FUNCIONAMIENTO.-
• CANTIDAD DE TANQUES REGADORES Y ESTADO DE FUNCIONAMIENTO.-
• CANTIDAD DE VEHÍCULOS UTILITARIOS Y PARTICULARES QUE DISPONE PAR USO EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL-
• CANTIDAD DE BARREDORAS Y ESTADO DE FUNCIONAMIENTO.-
• CANTIDAD DE PALAS MECÁNICAS Y ESTADO DE FUNCIONAMIENTO.-
Artículo 2°)- Infórmese a este cuerpo deliberativo las personas y/o Empresa que se dedican a realizar trabajos de reparación y mantenimiento de las maquinarias y vehículos de dominio municipal.-
CELEBRAR CONVENIOS CON BANCOS PARA EL COBRO DE SERVICIOS MUNICIPALES A TRAVES DEL HOME BANKING
Autora del proyecto:Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Ordenanza,autorizando al D.E.M. a celebrar convenios con Bancos para implementar el cobro de Servicios Municipales a través del sistema Home Banking. Exp. 5336/14.
VISTO:
La Ley Orgánica Municipal N2 2756
El sistema de cobro de Tasas y Contribuciones Municipales, y;
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad el sistema de recaudación municipal carece del servicio de la banca electrónica denominada comúnmente Home Banking;
Que el Home Banking, es un servicio habilitado y conocido en todos los Bancos que operan en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez. Este servicio permite realizar las operaciones bancarias en forma remota, desde un ordenador electrónico o computadora y desde la misma casa del vecino;
Que este servicio utiliza los más altos estándares y seguridad en Internet garantizando confidencialidad e integridad de los datos; siendo el más utilizados por empresas, y contribuyentes de otros servicios;
Que los continuos avances tecnológicos permiten desarrollar y agilizar procedimientos administrativos, que valorando el tiempo del contribuyente, hacen más eficiente el Servicio de Cobro de la Tasas, Contribuciones, Mejoras y otros derechos;
Que en muchas localidades, está comprobada la eficiencia y eficacia del sistema de Pago Electrónico. Así, el trámite es más cómodo y permite mejor disponibilidad horaria para el vecino, el cual recibe comprobante de pago respectivo en forma inmediata. Este sistema no solo facilitará a los contribuyentes el cumplimiento de obligaciones fiscales, sino también disminuirá el trabajo administrativo, pudiendo el estado optimizar otros servicios;
Que es necesario realizar Convenios de Recaudación con las Entidades Bancarias que tributan en la ciudad con el objeto de lograr el cobro electrónico de Tasas, Servicios y Contribuciones a través del conocido sistema denominado Home Banking;
Que es este tipo de sistema permite descomprimir las ventanillas de cobro que presenta en la actualidad la municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, propiciando un clima de bienestar, no solo para los vecinos que son atendidos, sino también para los empleados de las distintas oficinas.-
Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;
ORDENANZA
Artículo 1º)- El Honorable Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar Convenios con entidades bancarias que contribuyen en el municipio, para la implementación del Servicio de Cobro Electrónico de Tasas, Contribuciones, Derechos y otros servicios Municipales, a través del sistema de Home Banking.-
Artículo 2º)- El servicio de Home Banking, no carga ningún costo administrativo adicional sobre el contribuyente.-
Artículo 3°)- La Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez reglamentará lo no establecido en la presente, a fin de implementar el sistema en un plazo de 90 días de sancionada la presente.