Expte. Nº 4.529/12.
VISTO:
La Ley 2756Art.39° Inc. 30.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Corrientes a la altura del 300 entre calle Alvear y 17 de Octubre existen baches.
Que se ha observado que cada vez que llueve es imposible transitar por dicha calle.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra Ciudad a fin de bregar por una mejor calidad de vida a nuestros vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1978/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obra de bacheo en calle Corrientes entre Alvear y 17 de Octubre.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de septiembre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci