Ord. 1934/10 Desafectación terreno y donación para seccional de Policía
Expte. Nº 4.007/10.
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 38.560/10.
La necesidad de contar con una Seccional de Policía en la zona oeste de la ciudad para que la división territorial de cada una de las seccionales sea más equitativa y cumplir un mejor trabajo en lo que a seguridad se refiere, ya que la población ha crecido considerablemente en estos últimos años, y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Apoyo a la Seguridad, Entidades Vecinales y población en general vienen realizando reiteradas peticiones para la concreción de una nueva comisaría en la Ciudad.
ORDENANZA Nº 1934/2010
ART.1º) Revocase la donación efectuada mediante Ordenanza Nº 1.365/98 al Superior Gobierno de la Provincia de una parcela ubicada en la Sección Catastral Nº 15, Manzana 70 A por incumplimiento del cargo estipulado en el Art. 2º de la citada Ordenanza.
ART.2º) Desaféctese del Dominio Público Municipal e incorpórese al Dominio Privado Municipal un lote de terreno ubicado en Sección Catastral Nº 15, Manzana 70 A, delimitada por las calles Av. Pellegrini al Norte, Pasaje Capuchino al Sur, calle Nahuel Huapi al Este y calle Monte Caseros al Oeste, cuyas medidas son: 40 metros sobre Av. Carlos Pellegrini y 15,50 m de frente sobre calle Nahuel Huapi, de acuerdo a croquis que obra a fojas 14 del Expediente Municipal Nº 38.560/10, cuya mensura se encuentra realizando el Ing. Agrimensor Gastón Uhrig.
ART.3º) Dónese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe el terreno descripto en el Art. 2º, la que se realiza con cargo del beneficiario de construir la nueva Seccional de Policía, dependiente de la Unidad Regional II de la Policía de la Provincia de Santa Fe, quedando sin efecto la presente donación si así no se procediera.
ART.4º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las gestiones concernientes al cumplimiento de lo estipulado en la presente Ordenanza.
ART.5º) Correrán a cargo del donatario los gastos de escrituración, como así también las autorizaciones a nivel provincial, nacional y cualquiera otra que pudiera corresponder.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de octubre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale
Nota: artículo 1º derogado por Ordenanza 1942/10
Ord. 1942/10 Derogación art. 1 Ordenanza 1934/10
Expte. Nº 4.045/10.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 1.934/10 , 1.365/98 y 890/93.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 1365/98 se desafecto del dominio publico y se transfirió al uso privado una fracción de terreno de 48,38 m de frente a sus costado Este y Oeste por 42,55 m en su costado Sur y Norte, que es parte de la parcela ubicada en la Sección Catastral Nº 15 Manzana 70 A, delimitada por las calles Av. Pellegrini, Pasaje Capuchino, Nahuel Huapi y Monte Caseros encerrando una superficie de 2058,57 m², según plano de mensura Nº 135.127/94.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1942/2010
ART. 1º) Derógase el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.934/10 que fuera sancionada por este Concejo Deliberante en fecha 14 de octubre de 2010.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de noviembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Victoria Beloni