Decr. 987/17 Diferentes trabajos de obras públicas en Pje. Público al 3200
Expte. Nº 6.171/17.
VISTO:
La Ley Nº 2756 Art. 39º.
Reclamos de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que el barrio “Cáritas “ubicado en la zona catastral Nº 13 de nuestra ciudad, el cual alberga 30 familias, situado en Pasaje Público a la altura del 3200 (Pasaje Carlos Gardel, según TGI), entre las intersecciones con calle Esperanza y Santa Rosa, se encuentra en un estado de postergación.
Que el pésimo estado del pasaje, genera una problemática a la hora del ingreso y egreso de las familias que habitan la zona, dificultando sus tareas cotidianas, como así también el tránsito vehicular.
Que las zanjas provocan estancamiento de agua, generando focos infecciosos que ponen en peligro la salud de los vecinos que frecuentan la zona, sumado a la proliferación de roedores e insectos que transmiten enfermedades.
Que ante una posible emergencia en el barrio los vecinos se ven afectados con demoras del ingreso de móviles policiales y ambulancias, sobre todo en días de lluvia o posteriores a la misma. Es deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 987/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Obras Públicas, realice los trabajos correspondientes a cordón cuneta, nivelado y estabilizado en Pasaje Público al 3200 (Carlos Gardel, según TGI), entre las intersecciones con calle Esperanza y Santa Rosa, en el barrio “Cáritas”, ubicado en la zona catastral Nº 13 de nuestra ciudad.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de junio de 2017
Decr. 924/16 Instalación de semáforo peatonal sobre Av. San Martín entre las calles Esperanza y Peñaloza
Expte. Nº 5.985/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario garantizar la seguridad del peatón que cruza la Av. San Martín en las inmediaciones de las calles Esperanza y Peñaloza.
Que resulta muy difícil y peligroso cruzar dicha avenida si ninguna señalación.
Que las diferentes líneas de transporte público que son utilizadas por vecinos del lugar pasan por Avenida San Martín.
Que se debe cruzar la avenida para acceder al transporte público, recordando que la Av. fue ensanchada causando una mayor dificultad.
Que a 100 mt por calle Peñaloza se encuentra la Esc. Nº 1.117 dónde docentes y alumnos utilizan el transporte público que transita por la avenida San Martín.
Que un semáforo peatonal sería de gran ayuda para los vecinos garantizando la seguridad de los transeúntes a la hora de cruzar la avenida
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 924/2016
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a la instalación de semáforos sobre Av. San Martín entre las calles Esperanza y Peñaloza que garantice el paso peatonal por al menos 20 segundos.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de noviembre de 2016.
Decr. 822/16 Cumplimiento del Art. 5º de la Ordenanza Nº 2.319/15
Exptes. Nº 5.705/16 y 5.686/16.
VISTO:
La Ley N° 2756, Art. 39°:
El Decreto N° 3137/15 del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe,
La Ordenanza N° 2268/2014 Integración de los distintos procedimientos de compra y contrataciones.
La Ordenanza N° 2319/2015 de Emergencia Hídrica en Villa Gobernador Gálvez
La Ordenanza N° 2345/2015 de Modificación de la Ordenanza de Emergencia Hídrica
Los Decretos N° 784/2015 y 790/2015 de este Concejo Deliberante.
El Expediente Nº 5686/2016 Proyecto de ordenanza Prorróguese la Emergencia Hídrica, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza N° 2319/15 se declara la emergencia hídrica en nuestra ciudad entre los meses de Octubre 2015 Y Febrero de 2016 en razón de los pronósticos elaborados por el Servicio Meteorológico Nacional en los que se preveían riesgos de anegamiento como consecuencia del fenómeno del niño como lo expresara el Decreto del Gobierno Provincial N° 3137/15.
Que la situación climática de nuestra región continúa siendo preocupante por la persistencia del fenómeno de El Niño, con el pronóstico de crecidas en los cursos de aguas y abundantes precipitaciones en poco período de tiempo motivando la necesidad el prorroga de dicha emergencia.
Que en la Ordenanza de Emergencia Hídrica se previó que para el caso de ser necesario el Departamento Ejecutivo Municipal pueda efectuar la adquisición de bienes o contratar servicios exceptuando el cumplimiento de la Ordenanza Nº 2268/14.
Que es necesario que este Cuerpo Deliberativo tenga conocimiento de las posibles adquisiciones o contrataciones que pueda haber realizado el Departamento Ejecutivo Municipal en el marco de dicha emergencia así como también de los trabajos de' mantenimiento, limpieza y diversas tareas preventivas en las áreas críticas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 822/2016
ART. 1°) Dese cumplimiento al Art. 5° de la Ordenanza N° 2319/2015 a los fines de efectuar la rendición de cuenta ante este Concejo Deliberando de todo lo adquirido y/o contratado en las condiciones establecidas por el Emergencia Hídrica.
ART. 2°) Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal en un plazo de 15 días hábiles un informe de las tareas de limpieza de:
ü Los 3.000 metros de la cuneta de guardia del Arroyo Saladillo.
ü Cuneta de guardia tramo hormigón de calle Filippini a Circunvalación.
ü Aliviador Magallanes desde Soldado Aguirre intercepción Suipacha.
ü Aliviador Caseros desde Libertador hasta Esperanza.
ü Aliviador Alem desde calle Mármol hasta el río.
ü Aliviador Ecuador desde el BarrioVilla Dolores hasta calle Alem.
ü Aliviador Magallanes desde Arroyo Saladillo hasta calle Libertad.
ü Aliviadores ambas manos calle Dr. Alfonsín.
ü Aliviador Autopista lado este desde cuneta de guardia hasta límite del municipio.
ü Cuneta de guardia LA RIVERA.
ü Aliviador calle Pueyrredón desde Magallanes hasta Suipacha.
ü Cuneta lado oeste calle Magallanes desde Soldado Aguirre a Pueyrredón.
ü Limpieza y mantenimiento de las cámaras de inspección donde funcionan las compuertas.
ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de marzo de 2016.