Expte. Nº 6.035./16.

VISTO:

La Ley N° 2756

El reclamo de vecinos y,

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de calle Sarmiento y Av. Soldado Aguirre se encuentra emplazado un basural de importantes dimensiones sobre un costado de la vía del tren.

Que la gran cantidad de basura que se encuentra en el lugar genera un foco infeccioso, poniendo en riesgo la salud de los vecinos que circulan a diario en la zona.

Que la falta de higiene y mantenimiento del lugar luego de las lluvias, generan olores nauseabundos.

Que este basural favorece a la proliferación de roedores, por lo que esto aumenta el riesgo de contraer enfermedades infecciosas.

Que es necesario realizar limpieza y colocar contenedores para mejorar la calidad de vida de los vecinos y así evitar que se genere nuevamente el basural.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la limpieza, reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.118/2017

ART. 1°)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar la limpieza del basural y a colocar un contenedor en las calles Sarmiento y Av. Soldado Aguirre, en la parte lateral de la vía ferroviaria.

ART.2º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  5 de abril de 2017   

 

Publicado en 2017

Expte.  Nº  5.950/16.

VISTO: 

Ley 2756

Ordenanza 2254/14

Ley 13.055 Concepto de Basura cero para la gestión de residuos sólidos urbanos.

Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa FE Nº 5188/60

El vencimiento del plazo de cesión de posesión de terrenos municipales para la puesta en marcha del proyecto GIRSU

El Decreto 878/16 del 30/06/16

La nota del 11 de Agosto de 2016 del Intendente solicitando 200 contenedores al Dr. Lisandro Danna de Municipios y Comunas, y

CONSIDERANDO:

Que por iniciativa del Ente de Coordinación Metropolitana y la aprobación de este Concejo  en nuestra ciudad se viene desarrollando desde hace 2 años el Proyecto GIRSU Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, esto es, una respuesta a la problemática ambiental de los residuos sólidos urbanos  de siete (7) localidades del AMR Área Metropolitana Rosario

Que  la primera etapa de este proyecto tenía como objetivo el cierre y saneamiento del basural, la recuperación de áreas impactadas por la disposición final incontrolada de residuos  y reconstitución de terraplenes que delimitan zonas inundables, la licitación para esta primera etapa se adjudicó a la empresa Milicic SA por un monto de $13.489.446

Que la segunda licitación consistió en: movimientos para la construcción de celdas, Impermeabilización de 2 celdas, construcción de SET, puesto de ingreso y control y cerco perimetral  en esta etapa el adjudicatario también resulto la empresa Milicic SA  y el monto de la obra asciende a $ 37.801.254

Que en la tercera etapa las obras a ejecutar se refieren a obras viales, infraestructura eléctrica e iluminación para el centro Girsu  además de parquización y equipamiento de la Reserva Natural, en esta etapa volvió a adjudicarse a la empresa Milicic por un monto de $34.852.561

La 4ta y última etapa tiene como objetivo completar la infraestructura edilicia y equipamiento del Centro Girsu por un monto de $ 77.996.368 y la adjudicataria fue la empresa EVA SA.

De manera tal que un proyecto que en principio se proyectó con una inversión inicial de   $ 114.993.774 se terminó adjudicando en las distintas etapas en $164.139.629 esto es un 42.73 %  de más,  aproximadamente  $50.000.000

Que en agosto pasado con motivo de la inauguración del  1º Seminario Internacional de políticas metropolitanas se firmó un Convenio de colaboración recíproca entre el Gobierno Provincial y el ECOM donde le otorgaron al Ente Metropolitano la suma de $ 6.963.916 para el desarrollo de Programas de Asistencia para planes urbanos por medio de la unidad de gestión y planificación estratégica metropolitana.

Todas estas inversiones millonarias realizadas por el Gobierno de la Provincia y el Ente de Coordinación Metropolitana realizados en el marco del Programa de Desarrollo de Áreas Metropolitanas del interior  (DAMI) y préstamos BID; contrasta con la realidad de un Municipio en Emergencia Económica que con mucho esfuerzo y luego de 10 meses de gestión logro adquirir 24 contenedores, por un monto de $320.800, que sólo alcanzan para cubrir un pequeño sector del centro de la ciudad.

Que sería incoherente que los vecinos de la ciudad donde se desarrolla el Centro de tratamiento  de Residuos de la región, que tiene previsto recibir la basura de siete ( 7) localidades más   no tenga en sus calles un servicio efectivo y eficiente de recolección, porque no cuenta con recursos propios para la adquisición de contenedores.

Que en los próximos días, se cumple el plazo de 24 meses, por los cuales según la Ordenanza 2254/14  este Concejo cedió el uso de tierras propiedad del estado Municipal al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, ya que según la ley de Obras Publicas de la Provincia Art. 5º ¨Las obras publicas deberán realizarse en bienes que sean propiedad de la provincia o en los que ésta tenga posesión o disponga del uso¨. 

Que  el artículo 1º de la mencionada Ordenanza se estableció que ¨en caso que resulte necesario extender o renovar los plazos establecidos por este artículo, ello deberá de ser solicitado INDEFECTIBLEMENTE a este Concejo Deliberante. 

Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha solicitado la cantidad de 200 contenedores al Superior Gobierno de la Provincia, el día 11 de agosto del corriente, a lo cual, este Concejo Deliberante, vería con agrado se sumaran a ese pedido, la cantidad de 300 llegando a 500 unidades, para garantizar una mayor cobertura de este servicio en las calles de la ciudad. 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 917/2016

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que en el plazo de 5 (cinco) días realice las diligencias pertinentes ante el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe a fin que procedan a remitir formal solicitud de prórroga de cesión de posesión de predios propiedad de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez,  donde se desarrolla el proyecto “Centro Ambiental GIRSU VGG”.

ART. 2º)  A los efectos de considerar la viabilidad de la prórroga el expediente obligatoriamente deberá contener:

  1. informe detallado del estado actual de la obra,  motivo de la demora, plazo probable de finalización.
  2. definición respecto de la conformación, dirección, gestión, derechos, obligaciones  y administración del consorcio.
  3. compensación que recibirá la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez como contraprestación por la cesión del terreno para la implementación del proyecto GIRSU y la recepción de residuos de localidades del Area Metropolitana.

ART.3º) Este Concejo considera pertinente que a los 200 contenedores ya solicitados por el Departamento Ejecutivo Municipal el día 11 de agosto del corriente, se sumen 300 más para garantizar una mayor cobertura de este servicio en las calles de la ciudad.

ART. 4º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2016.

 

 

Publicado en 2016

Expte. Nº 5.361/14.

Visto:

Constitución Nacional Articulo 41º;

Ley 2.756 Articulo 39º;

Decreto Nº 397/12Gestiones ante la Dirección Provincial de Vialidad para obras en Av. Pte Raúl Alfonsín;

Minuta de Comunicación Nº. 1.722/10Limpieza y Reparación Luminarias Av. Pte. Raul Alfonsín entre Bordabehere y A. Saladillo;

Minuta de Comunicación Nº 1.868/10Limpieza micro basural Av.  Pte. Raúl  Alfonsín y Bordabehere;

Decreto Nº 561/14Informe sobre el estado de las gestiones ante la Dir. Prov. de Vialidad según Decreto 397/12y;

Considerando:

Que en la curva ubicada sobre Av. Pte. Raúl Alfonsín entre Bordabehere y Arroyo Saladillo existen pastizales densos y altos como así también basura acumulada en sus laterales.

Que en la Minuta de Comunicación Nº1.722/10 se solicitaba la limpieza de la zona por la detección defocos infecciosos peligrosos para la gente que vive o transita por el lugar.

Que el trazado de la ruta a esa altura tiene una curva pronunciada, la cual se torna aún más peligrosa debido a que los pastizales y la basura acumulada dificultan la visibilidad aumentando el riesgo de siniestralidad

Que en reiteradas oportunidades este Cuerpo solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal para que ejecute las obras de limpieza y remoción de los microbasurales apostados en el lugar.

Que la Minuta de Comunicación Nº 1.868/10 expresaba“Que corresponde entonces al Departamento Ejecutivo Municipal realizar todas las tareas, acciones y gestiones tendientes a erradicar los micro basurales que pudieran formarse, planeando estrategias y proyectando políticas públicas que busquen prevenir futuros problemas así como preservar el Medio Ambiente.”

Que la calzada presenta numerosos baches de variada profundidad y longitud empeorando la situación de riesgo.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 704/2014

ART. 1º)Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la ejecución de las siguientes obras:

a)                 Limpieza y remoción del micro basural ubicado en Av. Pte. Raúl Alfonsín entre Bordabehere y Arroyo Saladillo;

b)                Desmalezamiento de la zona mencionada en el párrafo anterior y;

c)                 Reposición de las luminarias faltantes.

ART. 2º)Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal dé cumplimiento al Decreto Nº 397/12.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  16 de octubre de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Sarria

Publicado en 2014

Expte. Nº 5.322/14.

VISTO:

La Ley 2756.

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

            Que en calle Victoria entre las intersecciones de calles Julio A. Roca y Comandante Espora, donde los vecinos manifiestan participar en el régimen de contribución por mejoras.

Que sería importante para la cuadra solucionar los problemas siendo que los días de lluvia el agua desborda, inundando las viviendas.

Que también reclaman que se han generado montículos de basuras, los cuales generan obstrucción para que el agua estancada circule con normalidad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 691/2014

ART.1º)   El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, retirar los montículos de basura que se encuentran en la calle Victoria a la altura del 1900.

ART.2º) Téngase  en cuenta la calle Victoria entre Julio A. Roca y Comandante Espora para futuras obras de cordones cuneta a realizarse por contribución por mejoras.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  11 de septiembre de 2014

Presidente: Raúl Avelino Martínez
Secretaria: Roberto Leiva

Publicado en 2014

 VISTO:

 El  grave peligro de contaminación que significa para  los vecinos a presencia del basural emplazado en la  intersección  de  las calles Soldado Aguirre y San  Martín,  donde incluso  se  depositan cuerpos de animales  en  estado  de descomposición,  lo  cuál acarrea todo tipo  de  plagas  y donde  el olor se torna insoportable a diversas horas  del día, y
 CONSIDERANDO:
 Que debemos velar por la Salud Pública.
 Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
 
 

ORDENANZA Nº 595/90

 

 

 

ART.1º) Este Concejo solicita al Departamento Ejecutivo Municipal proceda inmediatamente a la limpieza de dicho basural.

 

ART.2º) Proceder a emparejar dicho terreno, con la colocación  de dos  arcos, es decir la construcción de una cancha de fútbol,  de manera  tal que los niños, que actualmente juegan entre los  desperdicios, puedan practicar un deporte.

 

ART.3º) Sancionar con todo el peso de la ley, sobre toda  aquella empresa que arrojan animales muertos, no sólo en este lugar, sino en cualquier punto de la Ciudad.

 

 

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, Marzo 29 de 1.990.

 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

Publicado en 1990