Expte. Nº 4.393/12.

 VISTO:

La Ley Nº 2.756.

El sostenido reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que sobre la intersección de las calles San Juan y Fornieles el deterioro del asfalto dificulta la circulación de vehículos, deterioro además que aumenta considerablemente la posibilidad de accidentes tanto entre vehículos como con las personas que por allí transitan.

Que el hundimiento en la capa asfáltica de la mencionada intersección genera que se acumulen agua y de residuos.

Que los baches ya existentes hace tiempo se han ido agrandando a causa del frecuente tránsito del servicio de transporte urbano de pasajeros, motivo por el cuál es urgente su reparación a fin asimismo de asegurar el buen funcionamiento del mencionado servicio.

Que es deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Que la Ley Nº 2756 en su Art. 39º Inc. 30 establece que entre las atribuciones del Concejo Deliberante se cuenta el «dictar ordenanzas sobre pavimentación, repavimentación o cambio de cubierta de calles dentro de los límites del municipio»

Que las tareas de bacheo son una medida fundamental para mejorar el tráfico y la seguridad vial en nuestra ciudad.

Que es además deber de este Cuerpo Deliberante evaluar la justicia en los reclamos de los vecinos y elevar hacia el Ejecutivo Municipal aquellos que considere más necesarios y acuciantes, velando por el bienestar y la calidad de vida de nuestra ciudadanía.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1932/12

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría correspondiente, proceda al reacondicionamiento de la intersección de las calles San Juan y Fornieles así como a la realización de tareas de bacheo en la misma.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de mayo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº 4.402/12.

 VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 , Art. 44º.

El reclamo de vecinos y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que en calle Rosario entre las calles Soldado Aguirre y Temporelli, dicha arteria se encuentra muy deteriorada por la existencia de baches.

Que el estado de la misma provoca innumerables inconvenientes para los vecinos que viven y circulan por el lugar como también ha causado el cese del paso del transporte de pasajeros.

Que esta zona es bastante transitada ya que en el sector existen escuelas y comercios.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidente en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1931/12

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar la reparación y bacheo de calle Rosario entre las calles Soldado Aguirre y Temporelli.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de mayo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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El 24 de mayo, se realizó la 8º sesión de caracter Ordinaria, en Presidencia Norma Haydee Auge, en  Secretaria: Daniel Marcucci. Concejales presentes: Susana Mangiaterra, Daniel Cabrera, Claudio Luraghi, Hector Eduardo Lopez,  Miguel Angel Monte, Raúl Martinez y Mariano Cabrol. Ausente: Carlos Dolce.

 

 

 

{slide=Orden del Día}

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Decreto, autorizando a los vecinos del barrio que rodea la Sección Catastral Nº 6 Manzana 19 Lote 5 a realizar las mejoras que sean necesarias para que pedan disfrutar del espacio verde que se encuentra en dicho lugar. Expte. Nº  4.404/12.

PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISION DE  GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, informe sobre qué funcionario se encuentra desempeñando actualmente el cargo de Contador General de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez. Expte. Nº  4.405/12

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISION DE  GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo Municipal, realice gestiones ante el Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia para que se exhiba la muestra “Berni para niños” en nuestra ciudad. Expte. Nº  4.408/12.

PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Decreto,  solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal controles e informes de las habilitaciones relativas al establecimiento que produce grasa bovinas ubicado en calle Nogués entre 17 de Octubre y Pje Musto. Expte. Nº  4.409/12.

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, controles e informe detallado de las habilitaciones relativas a la empresa de reciclado ubicada en calle Santa María de Oro entre Liniers y San Lorenzo. Expte. Nº  4.410/12.

PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y bacheo en calle Rosario entre Soldado Aguirre y Temporelli. Expte. Nº 4.402/12.

PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal proceda al reacondicionamiento de la intersección de las calles San Juan y Fornieles así como  la realización de tareas de bacheo. Expte. Nº 4.393/12

PUNTO 9º) DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, ejecución de bacheo en calle Buenos Aires a la altura 2400 al 2700. Expte. Nº 4.326/12.

PUNTO 10º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación del pozo ubicado en Pje. Musto al 913 y cordón cuneta y mejorado en Pje. Musto desde calle Maipú hasta Dorrego. Expte. Nº 4.406/12.

PUNTO 11º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, la realización de diferentes obras públicas en calle Cafferata desde la altura 2400 al 2700. Expte. Nº 4.407/12.

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Expte. Nº  4.398/12.

VISTO:

            La Constitución Nacional en su Artículo 14 bis,

            La Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 2.756, Art. 39 Inc. 51,

            La Ordenanza Nº 1004/94 , por la cual se crea el Servicio Público Municipal de la Vivienda,

            La actual situación que vive la ciudad a raíz de las ocupaciones masivas de terrenos públicos y privados y

CONSIDERANDO QUE:

            La inexistencia de políticas públicas serias tendientes a solucionar la falta de vivienda hace que miles de familias de nuestra ciudad, por carencia de recursos económicos, por la imposibilidad de acceder a medios de pagos acordes a sus ingresos, y/o por la inaccesibilidad a créditos hipotecarios, hoy se encuentren sin gozar de un derecho fundamental contemplado por el Artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional.

            Los actuales valores del mercado inmobiliario y los precios de alquiler, sumada la infinidad de requisitos solicitados, hacen que las personas se encuentren cada vez mas lejos de solucionar la problemática que hoy nos toca abordar, agudizando la crisis habitacional que vivimos en nuestro país.

            De no tomarse las medidas necesarias desde el sector público Nacional, Provincial y Municipal, esta problemática seguirá dando lugar a las ocupaciones que en los últimos años, y en especial en los últimos meses, se manifiestan de manera masiva generando en muchos casos una superposición del derecho de una vivienda digna de los ocupantes con el derecho a la propiedad de los dueños de la tierra, derivándose la situación en prolongadas acciones legales que por mucho tiempo no hacen más que vulnerar a ambas partes.

            Entre los problemas que suscitan este tipo de ocupaciones, está el enfrentamiento entre vecinos de los barrios que ven como son privados de espacios verdes que eran usados con fines recreativos, la saturación de los servicios públicos que no estaban programados para atender las necesidades de los ocupantes y los problemas que conlleva la falta de planificación urbana.

            La urgente intervención que amerita lo mencionado, debe centrarse en proponer soluciones a corto plazo, y planificar a mediano y largo plazo las acciones para garantizar que nuestra ciudad cuente con planes sociales de vivienda que incluyan a todos los sectores de la población que lo necesiten, evitando con esto que solo sean beneficiados quienes por la fuerza ocuparon espacios que no eran de su propiedad, ya que existen innumerables familias que desde hace años sueñan con un techo propio.

            Toda acción relacionada con las actuales tomas de terrenos deben girar en torno a evitar la violencia y a procurar que sean atendidas las familias con mayor prioridad, y a que sean castigados los oportunistas, que aprovechando esta situación, se hicieron de terrenos sin necesidad o con el solo fin de venderlos; debemos garantizar ante todo el respeto al Estado de Derecho, contemplando las realidades de todos los sectores y actuando en base a ello.

            Esta situación que vive nuestra ciudad motivó la participación en distintos espacios y de distintos sectores de organizaciones intermedias de la ciudad, donde se pudieron escuchar y compartir distintas ideas de como encarar una pronta solución, entre las cuales se sostenía la necesidad de "declarar la Emergencia Habitacional", entre otros conceptos,

Nuestra Ciudad en el año 1.994, creó por medio de la Ordenanza Nº 1.004/94 “el Servicio Público Municipal de la Vivienda”, que contemplaba en sus fundamentos que “el mismo debe orientarse a actividades y objetivos que estén de acuerdo a la actualidad en que vivimos y con previsiones de futuro”, fin que sigue vigente pero que necesita una actualización y modernización  en sus funciones, de acuerdo a la actual situación municipal.

            La "Declaración de Emergencia Habitacional" y la puesta en marcha del"Departamento Municipal de la Vivienda" serían señales claras de parte del Municipio hacia la sociedad de que se está abordando el tema de manera prioritaria entre las incontables urgencias por las que se está atravesando, trayendo tranquilidad a las vecinas y vecinos de Villa Gobernador Gálvez que ven con preocupación lo que viene sucediendo.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2033/2012

           

ART. 1º) Declárese la EMERGENCIA HABITACIONAL en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez, por el plazo de un año, con posibilidad de prórroga, previo tratamiento de este Concejo Deliberante.

ART. 2º) Derógase la Ordenanza Nº 1.004/94

ART. 3º) Créase el Departamento Municipal de la Vivienda en el ámbito de la Secretaria de Gobierno.

ART. 4º) Serán funciones del Departamento creado en el Art. Nº 3, las tareas relacionadas con el fomento e implementación de nuevos planes de vivienda y la coordinación de acciones con las áreas que abordan esta temática del Gobierno Provincial y Nacional.

ART. 5º) Crease el Registro Voluntario de solicitudes de vivienda o soluciones habitacionales en el ámbito del Departamento creado en el Art. Nº 3, donde constarán la situaciones individuales de los grupos familiares suscriptos con el fin de ordenar las prioridades referente al tema de vivienda.

ART. 6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  17 de mayo de 2012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº  4.399/12.

VISTO:

 La Ley Provincial N° 12.385 , sus modificaciones y Decreto Reglamentario y Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

Que este Concejo Deliberante entiende que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndole correspondido en la distribución para el año 2012 un fondo total no reintegrable de $ 7.000.775,01 corresponde aplicar el 50% en concepto de "Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamientos y rodados",

Que se considera prioritaria la asignación de una partida de $ 2.679.780,73 (Pesos dos millones seiscientos setenta y nueve mil setecientos ochenta con setenta y tres centavos) para fresado y repavimentación de las calles Eva Perón, Juan B. Justo desde Av. San Martín hasta Fornieles y las calles Ing Mosconi y Mitre desde Filippini a Vías del FFCC, y $ 808.388 (Pesos ochocientos ocho mil trescientos ochenta y ocho) para reconstrucción en hormigón armado de la calle Temporelli desde Cementerio local a la Av. Pte. Raúl Alfonsín ( Ex Ruta Provincial 22S)

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2032/2012

 

ART. 1°) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385 , sus modificaciones y Decreto Reglamentario, asigne a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, el aporte no reintegrable de $ 2.679.780,73 (Pesos dos millones seiscientos setenta y nueve mil setecientos ochenta con setenta y tres centavos), correspondiente a parte del "Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados" asignados oportunamente para el año 2012 que serán destinados para fresado y repavimentación de las calles Eva Perón y Juan B. Justo, desde Av. San Martín hasta Fornieles y las calles Ing. Mosconi y Mitre desde Filippini a Vías del FFCC, y $ 808.388 (Pesos ochocientos ocho mil trescientos ochenta y ocho) para reconstrucción en hormigón armado de la calle Temporelli desde Cementerio local a la Av. Pte. Raúl Alfonsín (Ex Ruta Provincial 22S)

ART. 2°) Declárese como no susceptibles de recuperación mediante contribución de mejoras la obra consignada en el artículo primero.-

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  17 de mayo de 2012.

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº  4.394/12.

VISTO:

La “Jornada de Actualización en Atención Primaria de la Salud”.

La Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaría de Salud y Medio Ambiente de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, conjuntamente con el auspicio del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, el Instituto Universitario Italiano de Rosario, el Sindicato de Trabajadores Municipales y la Universidad Nacional de Rosario, llevará a cabo el día 30 de mayo del corriente año la “Jornada de Actualización en Atención Primaria de la Salud” en la Casa de la Cultura de esta Ciudad.

Que entre los objetivos planteados por el Comité organizador se destacan: valorar la salud en el significado del cuidar y curar; dar un enfoque hacia lo colectivo valorando la diversidad social; ponderar el propósito de la profesión en la atención de la salud y mantener las bases éticas para la toma de decisiones, como así también jerarquizar la eficiencia de los diversos métodos utilizados en los servicios de enfermería basados en los modelos de atención de autocuidado.

Que la mencionada jornada contará con la destacada presencia de profesionales tanto del ámbito local como provincial.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

DECLARACIÓN Nº 231/2012

 

ART. 1º) Declárese de Interés Comunitario Municipal la “Jornada de Actualización en Atención Primaria de la Salud” a desarrollarse el día 30 de mayo de 2012 en las instalaciones de la Casa de la Cultura, sita en calle Eva Perón 2102 de esta Ciudad.

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  17 de mayo de 2012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. Nº 4.400/12.

VISTO:

La Ley 2756 Art. 39º Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62 ; 41º Incs. 24 y 26 ; Art. 44º .

El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que en calle José Ingenieros en el sector comprendido entre las calles Intendente Andréu y Ctda. Victoria, el mismo se encuentra carente de mantenimiento pudiéndose observar pozos, pliegues y desniveles peligrosos que convierten el lugar intransitable.

Que también existe basura acumulada por todo el sector convirtiéndose en foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven en el lugar.

Que es deber del municipio la erradicación de basurales, la reparación y mantenimiento de las calles y la proyección de políticas publicas para la prevención de los primeros y la conservación de las segundas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1930/12

 

ART.1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar limpieza, mejorado y nivelado de la calle José Ingenieros en el sector comprendido por la calle Intendente Andréu y Ctda.Victoria.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de mayo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. Nº 4.372/12.

VISTO:

La Ley 2756.

El reclamo de vecinos, y        

CONSIDERANDO:

Que en calle Fornieles a la altura del número 329, se ha formado un bache de importante dimensión obstaculizando el tránsito  vehicular.

Que lo mencionado ocasiona innumerables trastornos a los vecinos del lugar.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad.

Que este Concejo Deliberante brega por una mejor calidad de vida de nuestros vecinos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1929/12

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda,  proceda a realizar obras de bacheo en calle Fornieles frente al número 329  de la mencionada arteria.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de mayo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Expte. Nº 4.371/12.

VISTO:

La Ley 2756.

El reclamo de vecinos, y        

 

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de calle Libertad y Pasaje Casilda podemos observar baches de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito a lo ancho de la misma y provocando peligro para los vehículos que transitan por ella.

Que los baches se llenan de agua y esa acumulación de agua estancada y basura dificultan el libre tránsito de los vecinos de la zona y de los ocasionales transeúntes.

Que la situación referida precedentemente también se puede observar en la intersección de calle Libertad y Pasaje Concordia.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la iguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1928/12

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realice, a través de la Secretaría que corresponda,   tareas de limpieza, drenaje de aguas servidas y bacheo en calle Libertad en sus intersecciones con Pasaje Casilda y Pasaje Concordia.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de mayo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. Nº 4.334/12.

VISTO:

            La Ley Nº 2756, Art. 39º Inc. 24 , y

 

CONSIDERANDO:

Que en calle José Ingenieros entre calles San Luis y Av. La Rivera puede observarse en la calzada una importante falta de mantenimiento, generando problemas de ingreso y egreso del Barrio Costa Esperanza.

Que por dicho acceso en los días de lluvia y días siguientes no pueden transitar ambulancias, móviles policiales y vehículos en general, como así tampoco los vehículos de la Empresa Aguas Santafesinas S.A. que proveen de agua a los vecinos y tanques comunitarios.

Que sería una solución provisoria, para evitar accidentes y mejorar la circulación, que se realicen trabajos de nivelado y estabilizado.

Que es de deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1927/12

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal realice, a través de la Secretaría que corresponda,  trabajos de mejorado y nivelación en calle José Ingenieros entre calle San Luis y  Av. La Rivera.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de mayo de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci