Ord. 0023/84 Fija la Ordenanza Tributaria para 1984
VISTO:
CONSIDERANDO:
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 23/84
ART.1º) Establécese para el año 1.984 la Ordenanza Tributaria que se detalla:
TITULO I.
1º) Fíjase el interés resarcitorio previsto en el Art. 41º del Código Fiscal Uniforme (C.F.U.) en el 9 % mensual, aplciable hjasta el período en que entró en vigencia las prescripciones del Capítulo 10 (Art.48º y subsiguientes) del C.F.U. y actualizar el importe debvengado conforme a lo prescritpo por el Art. 48º del C.F.U. adoptando a tal efeto comof echa de vencimiento la de sesenta días posteriores a la que se fijó para el Tributario Principal.
TITULO II.
CAPITULO I.
TASA GENERAL DE INMUEBLES.
ART.2º) Conforme lo establece el Art. 1º de la Ley 8353/78, esta tasa se percibirá sobre las bases imponibles del 1.977/82.
ART.3º) fíjase la modificación urbana y rural prevista en el Art. 71º del C.F.U., de este Municipio conforme a plano vigente,a símismo se delimi..
(ver exp. Nº 7/84)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante .
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Nota: El articulo 5 fue derogado por Ordenanza 34/84
Ord. 0034/84 Modificación básico Tasa Gral de Inmuebles
VISTO:
ORDENANZA Nº 34/84
ART.1º) El básico de la tasa a cobrarse es para frentes menores y de hasta 8,66 metros lineales inclusive, cobrándose para los frentes menores de esta medida como si fueran de la misma unidad tributaria, conforme ello, se cobrará en concepto de Tasa General de Inmuebles de acuerdo a los valores y categorías que se determinan a continuación:
CODIGO DE PAGO CATEGORIA IMPORTE TRIMESTRAL POR
METROS LINEALES DE FRENTE
0011 1º A flia. 26,73
ART.3º) Deróguese el Art. 5º de la Ordenanza Nº 23/84 y toda otra disposición que se oponga a la presente.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 3 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0048/84 Prorroga vencimiento Tasa Gral de Inmuebles hasta 15 de mayo
VISTO:
ORDENANZA Nº 48/84
ART.1º) Prorrogar hasta el día 15 de mayo de 1.984 el vencimiento de la Tasa General de Inmuebles (1º Trimestre de 1.984) sancionada por Ordenanza Nº 034/84 y promulgada por Decreto Nº 189/84.
ART.2º) Se establece expresamente que la presente Ordenanza rige a partir del día 2 de mayo de 1.984.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante .
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0051/84 Prorroga Tasa Gral de Inmuebles hasta 31/05/84
VISTO:
ORDENANZA Nº 51/84
ART.1º) Prorrogar hasta el 31 de mayo el vencimiento de
ART.2º) Se establece que la presente Ordenanza rige a partir del día 16 de mayo de 1.984.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 15 de mayo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone