Decr. 805/15 Señalizaciones correspondientes en el Área de influencia Escuela Nº 100
Expte. Nº 5.631/15.
VISTO:
La Ley N° 2756, Art 39º.
El reclamo de la comunidad educativa de la escuela N° 100, “José Ingenieros”, y
CONSIDERANDO:
Que personal docente, padres y alumnos de la escuela citada en los vistos han manifestado en reiteradas oportunidades su voluntad de mejorar la seguridad vial en el entorno del establecimiento educativo.
Que resulta fundamental garantizar las condiciones antes mencionadas por el bien de la comunidad en general, y fundamentalmente por la gran cantidad de chicos y chicas que concurren a la escuela.
Que cabe destacar que en sus proximidades se encuentra un cruce ferroviario y la comisaría 25°, lo cual por el tránsito que se genera pone en mayor riesgo a las personas que transitan por el lugar.
Que se adjuntan al presente, más de 120 firmas que avalan el pedido de señalizaciones como: “proximidad de escuela”, “Sendas peatonales”, “Cruce Ferroviario”, instalación de barreras, etc.
Que como antecedente, este Concejo Deliberante ha solicitado en reiteradas oportunidades la correcta señalización del cruce ferroviario ubicado en calle Corrientes con el fin de evitar accidentes y mejorar la transitabilidad de toda la zona.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 805/2015
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, antes del ciclo lectivo 2016, garantice las señalizaciones correspondientes en el área de influencia de la Escuela N° 100, “Jose Ingenieros”, ubicada en calle Corrientes entre calles Nuestra Sra. De la Paz y Buenameson. Dichas Señalizaciones constarán en:
- Cartel de Proximidad de escuela.
- Sendas peatonales.
- Señalización del Cruce Ferroviario, con barreras y semáforos correspondientes.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de noviembre de 2015
Decr. 656/14 Obras de bacheo en calle Paraná entre Pasaje Matheu y Juan D. Perón
Expte. Nº 5.262/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades, Art. 39º Inciso 30.
El estado de la calzada y;
CONSIDERANDO:
Que la calle Paraná a la altura del 400 al 500 entre Pje. Matheu y Av. General Juan D. Perón se encuentra en condiciones de intransitabilidad.
Que los baches ocupan gran parte de la calzada.
Que en la zona transita una gran cantidad de personas debido a la cercanía de la escuela Nro. 100, la comisaría 25 y la plaza Lisandro de la Torre.
Que la mencionada arteria ha tenido un mejorado que, con el tiempo y el tránsito, se ha deteriorado.
Que en los baches se acumula agua y barro, los cuales tardan días en secarse.
Que esta situación aumenta el riesgo de siniestralidad debido a la intención de los conductores de esquivarlos, agravándose aún más para los motociclistas y ciclistas ya que la calzada se torna resbaladiza.
Que también los peatones se encuentran en desventaja ante esta circunstancia porque al intentar cruzar la calle, con el barro que se acumula sobre la calzada
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a sus ciudadanos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 656/2014
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en calle Paraná a la altura del 400 y 500, entre Pje. Matheu y Av. General Juan D. Perón. '
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de julio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva