Expte.  Nº  5.603/15.

VISTO:

Leyes Nacionales Nº 24.788; 24.449 y 11.583.

Ley Provincial Nº 26.363.

Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

Que el consumo de alcohol es cada vez mayor en la sociedad.

Que está comprobado que el alcohol en sangre disminuye notablemente el reflejo y la visión en aquel que lo ingiere.

Que un alcohólico al volante no es solo una amenaza para su persona o la de sus acompañantes, sino para todos los que circulamos a su alrededor.

Que los controles de alcoholemia son necesarios para prevenir  accidentes  y preservar la seguridad de todos

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 794/2015

.

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal,  para que a través de la Secretaría que corresponda realicen controles de alcoholemia en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez.

ART. 2°) El Departamento EjecutivoMunicipal convocará a ONG de familiares de víctimas de accidentes de tránsito a participar de forma activa y de manera voluntaria en dichos operativos de control.

ART. 3°) Dichos controles deberán realizarse en distintos horarios y sectores de la ciudad.

ART.4º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   1 de octubre  de 2015

 

 

 

Publicado en 2015