23º Sesion Ordinaria 27 de septiembre 2012
El 27 de septiembre, se realizó la 23º sesión de caracter Ordinaria, en Presidencia Norma Haydee Auge, en Secretaria: Daniel Marcucci. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Susana Mangiaterra, Hector Eduardo Lopez, Carlos Dolce, Miguel Angel Monte, Raúl Martinez y Mariano Cabrol. Ausente: Claudio Luraghi.
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PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.
PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, se regularice la situación de los vehículos de propiedad municipal. Expte. Nº 4.533/12.
PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, convocando al agente de Planta Permanente Hugo Carbonell a concurrir a este Concejo Deliberante para que brinde explicaciones respecto a sus declaraciones públicas hechas en fecha 17/09/12. Expte. Nº 4.538/12.
PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, se de cumplimiento a lo establecido por
PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, declarando de Interés Municipal el 50 aniversario de
PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Resolución, convocando alumnos de 4to. Y 5to. Año de Escuelas Secundarias de nuestra ciudad, a una jornada para debatir el proyecto de ley que modifica
PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA,
PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal estudie la viabilidad de colocar reductores de velocidad en calle Belgrano entre Pasteur y Alberdi. Expte. 4.540/12.
PUNTO 9º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, diferentes obras de mejorado y/o estabilizado en
PUNTO 10º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, obras de pavimentación, mejorado y desagüe en las calles Alvear y Pje. Pesci. Expte. Nº 4.542/12.
PUNTO 11º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, estudie la viabilidad de realizar obras de mejorado y/o estabilizado, desmalezamiento e iluminación en las calle Misiones hasta Av. La rivera y Camino del Inmigrante hasta Alem, Barrio Tigre. Expte. Nº 4.543/12.
PUNTO 12º) DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal estudie la viabilidad de proceder a la limpieza y nivelado de calle Constitución entre Alvear y Andréu. Expte. Nº 4.541/12.
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REMITIR INFORMES SOLICITADOS POR DECRETO 362/12 – GUARDERIAS NAUTICAS
Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Decreto, ordenando al Departamento Ejecutivo a remitir informes requerido por Decreto 362/12. Exp. 4549/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. º41, Inc. 14º,
El Decreto Nº 362/12,
El Expediente Nº 4.432/12, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 12 de abril de 2012 este Cuerpo Deliberante, en uso de las atribuciones conferidas por ley, sancionó el Decreto Nº 362 en virtud del cuál se ordena al Departamento Ejecutivo Municipal elevar «un informe a este Cuerpo detallando, respecto de las "guarderías náuticas" que se encuentran sobre la margen del Arroyo Saladillo, el estado de la habilitaciones, derechos e impuestos municipales, la posesión de derechos reales sobre los terrenos (y, si existiera cesión, usufructo, derechos de uso, etc. de dichos terrenos, a cargo de quién se encuentran), así como las medidas de seguridad que las leyes contemplan para ese tipo de actividad».
Que si bien el solicitar informes al Ejecutivo Municipal es una de las atribuciones fundamentales de contralor que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 otorga a los Concejos Deliberantes (Art. º41, Inc. 14º), no ha suministrado el Intendente sin embargo, ni por sí ni por intermedio de sus Secretarios, los informes que le fueran debidamente requeridos.
Que la preocupación expresada pertinentemente por este Cuerpo Deliberativo es motivo suficiente para requerir los informes que considere pertinentes.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) Ordénase al Departamento Ejecutivo Municipal a remitir a este Cuerpo Deliberante en un plazo no superior a los 7 días los informes requeridos oportunamente por Decreto Nº 362 del 12 de abril de 2012 sobre las Guarderías Náuticas a la vera del Arroyo Saladillo.
Proyecto presentado por el Bloque PAS Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE P.A.S. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Monte.
REMITIR INFORMES SOLICITADOS POR DECRETO 362/12 – GUARDERIAS NAUTICAS
Proyecto de Decreto, ordenando al Departamento Ejecutivo a remitir informes requerido por Decreto 362/12. Exp. 4549/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. º41, Inc. 14º,
El Decreto Nº 362/12,
El Expediente Nº 4.432/12, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 12 de abril de 2012 este Cuerpo Deliberante, en uso de las atribuciones conferidas por ley, sancionó el Decreto Nº 362 en virtud del cuál se ordena al Departamento Ejecutivo Municipal elevar «un informe a este Cuerpo detallando, respecto de las "guarderías náuticas" que se encuentran sobre la margen del Arroyo Saladillo, el estado de la habilitaciones, derechos e impuestos municipales, la posesión de derechos reales sobre los terrenos (y, si existiera cesión, usufructo, derechos de uso, etc. de dichos terrenos, a cargo de quién se encuentran), así como las medidas de seguridad que las leyes contemplan para ese tipo de actividad».
Que si bien el solicitar informes al Ejecutivo Municipal es una de las atribuciones fundamentales de contralor que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 otorga a los Concejos Deliberantes (Art. º41, Inc. 14º), no ha suministrado el Intendente sin embargo, ni por sí ni por intermedio de sus Secretarios, los informes que le fueran debidamente requeridos.
Que la preocupación expresada pertinentemente por este Cuerpo Deliberativo es motivo suficiente para requerir los informes que considere pertinentes.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) Ordénase al Departamento Ejecutivo Municipal a remitir a este Cuerpo Deliberante en un plazo no superior a los 7 días los informes requeridos oportunamente por Decreto Nº 362 del 12 de abril de 2012 sobre las Guarderías Náuticas a la vera del Arroyo Saladillo.
Proyectos Particulares y del Dep. Ejecutivo
Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo eleva modelo de contrato a celebrar con el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe. Exp. 4548/12.
PARTICULARES
La Comunidad Educativa y Parroquial de la Escuela Nº 3162 solicitan se declare de Interés Municipal la marcha Apartidaria y Ecuménica, bajo el lema “LA PAZ SOCIAL ES UN DERECHO HUMANO”, que se realizara el 29 de septiembre
Proyectos del Departamento Ejecutivo
Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza referido a la aceptación de donación para ser aplicada al art. 5 de la Ordenanza 1967/11 (Confección de Obleas). Exp. 4546/12.
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza referido a donación de terreno para la construcción de establecimiento educativo. Exp. 4547/12.
SE DE CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 2030/12 - SENTIDO UNICO CALLE DORREGO
Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Decreto, se de cumplimiento a lo dispuesto por Ordenanza 2030/12. Exp. 4545/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. 39 Incs. 14 y 38,
La Ordenanza Nº 2030/12, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 10 de Mayo de 2012 este Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza Nº 2030/12 en virtud de la cual se dispone que la calle Dorrego será de sentido único con orientación Oeste-Este (O-E) en el tramo comprendido entre Av. Gral. J. D. Perón e Int. Andréu, instruyéndose al Departamento Ejecutivo Municipal a la colocación de la señalización correspondiente y asimismo a elevar a este Cuerpo luego de los 45 días de la sanción de la misma un informe detallando la evaluación de los resultados del mencionado cambio de sentido en la circulación y sugerir, si así lo considerara conveniente, la derogación de la Ordenanza en cuestión.
Que ya a más de cuatro meses desde la sanción de la Ordenanza en cuestión el Departamento Ejecutivo Municipal no ha realizado ninguna de las acciones que le prescribió este Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe Nº 2.756.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal dar cumplimiento a lo establecido por Ordenanza de este Cuerpo Nº 2030/12 del 10 de Mayo de 2012.
REGIMEN DE PRESENTACION ESPONTANEA PARA REGULARIZAR Y DECLARAR MEJORAS
Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Ordenanza, estableciendo el Régimen de Presentación Espontanea para regularizar y declarar mejoras. Exp. 4544/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
Ord. 1788/08 Presentación espontánea para declarar mejoras edilicias,
Ord. 1801/08 Modificación Ord. 1788/08 Régimen Presentación Espontanea,
Ord. 1861/09 Prorroga Régimen Presentación Espontanea,
Ord. 1926/10 Prorroga Régimen Presentación Espontanea,
Ord. 1984/11 Prorroga vigencia del Régimen de Presentación Espontánea,
Ord. 2053/12 Prórroga a la vigencia del Régimen de Presentación Espontánea establecido por la Ordenanza N° 1.984/11, y
CONSIDERANDO:
Que existen todavía en la actualidad mejoras edilicias no declaradas en terrenos de la ciudad, las cuales en su mayoría corresponden a viviendas familiares y locales comerciales y talleres de pequeña y mediana dimensión.
Que esta irregularidad trae aparejados diversos problemas para nuestros vecinos tales como impedimentos en la escrituración y habilitación de la actividad comercial, entre otros.
Que la difícil situación económica que atraviesan las familias, pequeños y medianos comerciantes e industriales de la Ciudad vuelve necesario dar facilidades para la mencionada declaración de mejoras a fin de ordenar los registros catastrales y avanzar sobre las habilitaciones y demás trámites buscando regularizar las diferentes situaciones en las que se encuentran los habitantes de Villa Gobernador Gálvez.
Que, asimismo, la declaración de las mejoras edilicias permite ampliar el ingreso tributario toda vez que incorpora al sistema a nuevos y/o ya existentes comercios o industrias pequeñas o medianas, amparándolos en las normativas vigentes.
Que la presentación espontánea de declaración de mejoras se revela como una herramienta idónea para abordar la presente situación con miras a dar facilidades (la reducción de los montos y recargos a abonar en concepto de permiso de edificación, fundamentalmente) para la regularización de las respectivas situaciones de nuestros vecinos.
Que la Ordenanza Nº 1788/08 estableció un Régimen de Presentación Espontánea para declarar mejoras edilicias, modificado por Ordenanza Nº 1801/08 y prorrogado año tras año por las Ordenanzas Nº 1861/09, 1926/10, 1984/11 y 2053/12 respectivamente.
Que es menester dar un corte en la prorrogación anual del Régimen de Presentación Espontánea a fin de dar un marco coherente y previsible que asegure el funcionamiento de un sistema que viene demostrando resultados positivos.
Que este Concejo considera sumamente positivo ordenar no sólo la normativa vigente sino también dar un marco de seguridad jurídica para todos los vecinos.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º) Establécese el Régimen de Presentación Espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por medio del expediente de planos de edificación que se presenten a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
ART. 2º) Deróganse las Ordenanzas Nº 1788/08, 1801/08, 1861/09, 1926/10, 1984/11 y 2053/12, así como cualquier otra normativa que se oponga a lo dispuesto por la presente. Se considerarán como incluidos del Régimen establecido en el artículo precedente todos aquellos expedientes iniciados en virtud de las Ordenanzas que aquí se derogan.
ART. 3º) El presente Régimen de Presentación Espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por medio del expediente de planos de edificación que no se encuentren iniciados será de aplicación para vivienda única sin límite de superficie y para pequeñas y medianas industrias, depósitos y comercios hasta 250 m2. Se aclara que en la determinación de la superficie se incluirá la anteriormente declarada respecto a su uso específico, es decir, sin tener en cuenta la superficie declarada con destino a vivienda.
ART. 4º) Se aplicará a todos los expedientes contemplados en la presente Ordenanza lo dispuesto en la Ordenanza General Tributaria en lo referido a pago de derechos y tasas, tal y como si fuera un permiso de edificación de obra nueva, es decir, el cuatro por mil del monto de obra determinado por el Colegio Profesional correspondiente.
ART. 5º) Quedan acogidas a este Régimen de Presentación Espontánea las obras que se encuadren en el Art. 3º de la presente Ordenanza y que hayan sido durante su ejecución intimadas, paralizadas con acta de constatación, con plazo para la presentación de planos reglamentarios no cumplidos o cualquier otra requisitoria para su presentación.
ART. 6º) Todo expediente que pueda producir dudas de interpretación en su inclusión o no en la presente Ordenanza, y que a criterio de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos amerite un análisis en particular, deberá ser remitido para su resolución a la Comisión de Aplicación y Actuación del Código Urbano.
ART. 7º) Todo plano que se presente por expediente indicará las paredes y techos con los siguientes signos convencionales:
- Existentes: los espesores de las paredes y techos serán rellenados con negro. Se aclarará con una línea cruzada sobre dicha superficie “Número de permiso anterior y año correspondiente”.
- A regularizar: los espesores de las paredes y techos serán rellenados con negro (no se rayarán a 45º) Se aclarará con una línea cruzada sobre dicha superficie “Superficie a regularizar”.
Proyectos presentados por el Bloque PAS Frente Progresista Civico y Social
Estos son los proyectos presentados por el bloque PAS (Participación Alternativa Solidaria) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE P.A.S. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor de los proyectos: Concejal Monte.
REGIMEN DE PRESENTACION ESPONTANEA PARA REGULARIZAR Y DECLARAR MEJORAS
Proyecto de Ordenanza, estableciendo el Régimen de Presentación Espontanea para regularizar y declarar mejoras. Exp. 4544/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
Ord. 1788/08 Presentación espontánea para declarar mejoras edilicias,
Ord. 1801/08 Modificación Ord. 1788/08 Régimen Presentación Espontanea,
Ord. 1861/09 Prorroga Régimen Presentación Espontanea,
Ord. 1926/10 Prorroga Régimen Presentación Espontanea,
Ord. 1984/11 Prorroga vigencia del Régimen de Presentación Espontánea,
Ord. 2053/12 Prórroga a la vigencia del Régimen de Presentación Espontánea establecido por la Ordenanza N° 1.984/11, y
CONSIDERANDO:
Que existen todavía en la actualidad mejoras edilicias no declaradas en terrenos de la ciudad, las cuales en su mayoría corresponden a viviendas familiares y locales comerciales y talleres de pequeña y mediana dimensión.
Que esta irregularidad trae aparejados diversos problemas para nuestros vecinos tales como impedimentos en la escrituración y habilitación de la actividad comercial, entre otros.
Que la difícil situación económica que atraviesan las familias, pequeños y medianos comerciantes e industriales de la Ciudad vuelve necesario dar facilidades para la mencionada declaración de mejoras a fin de ordenar los registros catastrales y avanzar sobre las habilitaciones y demás trámites buscando regularizar las diferentes situaciones en las que se encuentran los habitantes de Villa Gobernador Gálvez.
Que, asimismo, la declaración de las mejoras edilicias permite ampliar el ingreso tributario toda vez que incorpora al sistema a nuevos y/o ya existentes comercios o industrias pequeñas o medianas, amparándolos en las normativas vigentes.
Que la presentación espontánea de declaración de mejoras se revela como una herramienta idónea para abordar la presente situación con miras a dar facilidades (la reducción de los montos y recargos a abonar en concepto de permiso de edificación, fundamentalmente) para la regularización de las respectivas situaciones de nuestros vecinos.
Que la Ordenanza Nº 1788/08 estableció un Régimen de Presentación Espontánea para declarar mejoras edilicias, modificado por Ordenanza Nº 1801/08 y prorrogado año tras año por las Ordenanzas Nº 1861/09, 1926/10, 1984/11 y 2053/12 respectivamente.
Que es menester dar un corte en la prorrogación anual del Régimen de Presentación Espontánea a fin de dar un marco coherente y previsible que asegure el funcionamiento de un sistema que viene demostrando resultados positivos.
Que este Concejo considera sumamente positivo ordenar no sólo la normativa vigente sino también dar un marco de seguridad jurídica para todos los vecinos.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º) Establécese el Régimen de Presentación Espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por medio del expediente de planos de edificación que se presenten a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
ART. 2º) Deróganse las Ordenanzas Nº 1788/08, 1801/08, 1861/09, 1926/10, 1984/11 y 2053/12, así como cualquier otra normativa que se oponga a lo dispuesto por la presente. Se considerarán como incluidos del Régimen establecido en el artículo precedente todos aquellos expedientes iniciados en virtud de las Ordenanzas que aquí se derogan.
ART. 3º) El presente Régimen de Presentación Espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por medio del expediente de planos de edificación que no se encuentren iniciados será de aplicación para vivienda única sin límite de superficie y para pequeñas y medianas industrias, depósitos y comercios hasta 250 m2. Se aclara que en la determinación de la superficie se incluirá la anteriormente declarada respecto a su uso específico, es decir, sin tener en cuenta la superficie declarada con destino a vivienda.
ART. 4º) Se aplicará a todos los expedientes contemplados en la presente Ordenanza lo dispuesto en la Ordenanza General Tributaria en lo referido a pago de derechos y tasas, tal y como si fuera un permiso de edificación de obra nueva, es decir, el cuatro por mil del monto de obra determinado por el Colegio Profesional correspondiente.
ART. 5º) Quedan acogidas a este Régimen de Presentación Espontánea las obras que se encuadren en el Art. 3º de la presente Ordenanza y que hayan sido durante su ejecución intimadas, paralizadas con acta de constatación, con plazo para la presentación de planos reglamentarios no cumplidos o cualquier otra requisitoria para su presentación.
ART. 6º) Todo expediente que pueda producir dudas de interpretación en su inclusión o no en la presente Ordenanza, y que a criterio de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos amerite un análisis en particular, deberá ser remitido para su resolución a la Comisión de Aplicación y Actuación del Código Urbano.
ART. 7º) Todo plano que se presente por expediente indicará las paredes y techos con los siguientes signos convencionales:
- Existentes: los espesores de las paredes y techos serán rellenados con negro. Se aclarará con una línea cruzada sobre dicha superficie “Número de permiso anterior y año correspondiente”.
- A regularizar: los espesores de las paredes y techos serán rellenados con negro (no se rayarán a 45º) Se aclarará con una línea cruzada sobre dicha superficie “Superficie a regularizar”.
SE DE CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 2030/12 - SENTIDO UNICO CALLE DORREGO
Proyecto de Decreto, se de cumplimiento a lo dispuesto por Ordenanza 2030/12. Exp. 4545/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. 39 Incs. 14 y 38,
La Ordenanza Nº 2030/12, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 10 de Mayo de 2012 este Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza Nº 2030/12 en virtud de la cual se dispone que la calle Dorrego será de sentido único con orientación Oeste-Este (O-E) en el tramo comprendido entre Av. Gral. J. D. Perón e Int. Andréu, instruyéndose al Departamento Ejecutivo Municipal a la colocación de la señalización correspondiente y asimismo a elevar a este Cuerpo luego de los 45 días de la sanción de la misma un informe detallando la evaluación de los resultados del mencionado cambio de sentido en la circulación y sugerir, si así lo considerara conveniente, la derogación de la Ordenanza en cuestión.
Que ya a más de cuatro meses desde la sanción de la Ordenanza en cuestión el Departamento Ejecutivo Municipal no ha realizado ninguna de las acciones que le prescribió este Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe Nº 2.756.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal dar cumplimiento a lo establecido por Ordenanza de este Cuerpo Nº 2030/12 del 10 de Mayo de 2012.
REALIZAR DISTINTOS TRABAJOS DE OBRAS PUBLICAS EN BARRIO TIGRE
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo estudie la viabilidad de realizar obras de mejorado y/o estabilizado, desmalezamiento e iluminación en las calles Misiones hasta la Ribera y Camino del Inmigrante hasta Alem. Barrio Tigre. Exp. 4543/12.
Visto:
Ley Nº 2756 Art: 39. Inc. 30 y.
Considerando:
Que el barrio Tigre, comprendido entre las calles Misiones hasta Avenida La Rivera y de Camino del Inmigrante hasta Leandro N. Alem, se requiere pasar la maquina niveladora a fin de mejorar las calles de tierra de dicho barrio.
Que se han observado que las calles de tierras mantienen un total abandono, y es necesario estabilizar las calles para una mejor circulación de vehículos.
Que los vecinos requieren un mejor tratamiento de las calles, porque se hace imposible transitar por los pozos, y en especial en los días de lluvias.
Que se vería con agrado, que en las calles una vez pasada las maquina, se agregue piedra u otro material que quede compactado para una mejor circulación de vehículos.
Que en el estado que se encuentran dichas arterias, se hace imposible el acceso de ambulancias, bomberos voluntarios, policías, taxis, transportes escolares y otros.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad, por una mejor calidad de vida a nuestros ciudadanos.
Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:
Minuta de Comunicación
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obras de mejorado y/o estabilizado, pasando la maquina niveladora en las calles Misiones hasta Avenida La Rivera y dé Camino del Inmigrante hasta Leandro N. Alem.
Art. 2º) Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, estudie la viabilidad de realizar desmalezamiento e iluminaría en el barrio Tigre, comprendido por las calles antes mencionadas.
PAVIMENTACION, MEJORADO Y DESAGÜE EN LAS CALLES ALVEAR Y PJE PESCI
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo obras de pavimentación, mejorado y desagüe en las calle Alvear y Pje. Pesci. Exp. 4542/12.
Visto:
Ley Nº 2.756 Art: 39 Inc. 30 Reclamo de vecinos y.
Considerando:
Que reunidos con vecinos de calle Alvear y Pasaje Pesci, padres y alumnos de la Escuela Secundaria N° 448, reclaman por el abandono total de las calles que se encuentran intransitables.
Que en días de lluvia y días posteriores, los frentistas se les hace imposible salir de sus casas y los alumnos de la escuela, ingresan todos mojados por como se inunda toda la zona.
Que los alumnos sufren de enfermedades virales, por las horas que están con los pies húmedos, por la acumulación de agua en las calles provocadas por las lluvias.
Que los padres y alumnos de la escuela, manifiestan que la directora coloca falta en esos días lluvia o días posteriores, si los alumnos no concurren a la escuela, ya que es muy difícil el ingreso a la misma.
Que antes esta situación se dificulta el acceso de ambulancias, policías, taxis, remises, transportes escolares, etc.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad, bregando por una mejor calidad de vida a nuestros ciudadanos.
Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de:
Decreto
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, realice obras de pavimentación y/o mejorado en las calles Alvear y Pasaje Pesci.
Art. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, realice obras de desagüe en las arterias antes mencionadas, para evitar inundaciones en los días de lluvias.